A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Jorge Alberto Carmona Calero·Respondent Consejo Seccional De La Judicatura Del Valle Del Cauca Y Consejo Superior De La Judicatura
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se remite el expediente al juez de segunda instancia
- Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
- No está facultado para declararse incompetente o decretar nulidades argumentando indebido reparto
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia y la Sección Tercera, Subsección A del Consejo de Estado.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente en la medida en que la primera Corporación se apartó del conocimiento de la impugnación presentada por la parte actora y declaró la nulidad de lo actuado en el trámite de tutela, con fundamento en las reglas de reparto.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, para que adopte la decisión de segunda instancia que corresponde.
Se hizo una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Así mismo, se le advirtió que, en lo sucesivo, adecúe sus actuaciones en materia de competencia de tutela al principio de perpetuatio jurisdictionis y, en consecuencia, se abstenga de declarar la nulidad de lo actuado modificando la competencia en primera o en segunda instancia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 25 de septiembre de 2024 proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la acción de tutela presentada por Jorge Alberto Carmona Calero, en contra del Consejo Superior de la Judicatura - Unidad de Administración de Carrera Judicial y el Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4850 a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia para que resuelva la impugnación presentada por la parte accionante.
- TERCERO. ADVERTIR a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- CUARTO. ADVERTIR a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia que, en lo sucesivo, adecúe sus actuaciones en materia de competencia de tutela al principio de perpetuatio jurisdictionis y, en consecuencia, se abstenga de declarar la nulidad de lo actuado modificando la competencia en primera o en segunda instancia.
- QUINTO. Por la Secretaría General de la corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia y a la Sección Tercera, Subsección A del Consejo de Estado.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.