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Order (Auto)November 13, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Marrugo Vergara Jorge Alberto·Respondent Hospital Universitario De Sincelejo Ese

✓
Topic · hard data
Demanda En La Que Se Reclama Ejecutivamente El Pago De Una Obligación Contenida En Facturas De Venta Originadas En Un Contrato Estatal Y, Posteriormente, Endosadas A Terceros.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Controversias relacionadas con ejecución de títulos valores con origen en entidad estatal endosados a un tercero
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 003 Civil del Circuito de Sincelejo y el Juzgado 001 Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo, provocado por demanda ejecutiva singular, presentada por un ciudadano, en contra de la ESE Hospital Universitario de Sincelejo, Sucre, con el propósito de que se libre mandamiento ejecutivo de pago por la suma contenida en las facturas derivadas de la venta efectiva de medicamentos, instrumental y accesorios médicos en favor del demandado, por parte de Fármacos de la Costa Ltda.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso los títulos objeto de ejecución fueron endosados al tercero, demandante, y que a pesar de que el Juzgado 003 Civil del Circuito de Sincelejo manifestara que dicho endoso no era válido por la falta de firma del representante legal de la entidad que endosó los títulos, un requisito exigido por el Código de Comercio, dicho argumento no desvirtúa la competencia porque la invalidez del endoso no altera las partes involucradas en el proceso ni afecta las pretensiones del demandante, endosatario, para pretender que la competencia sea asumida por la jurisdicción Contenciosa Administrativa, y su análisis corresponderá al juez de conocimiento.

La Sala reitera la regla de decisión del Auto 1183 de 2021, según la cual, el conocimiento de las demandas en las que se reclama ejecutivamente el pago de una obligación contenida en facturas de venta originadas en un contrato estatal y, posteriormente, endosadas a terceros, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre el Juzgado 003 Civil del Circuito de Sincelejo y el Juzgado 001 Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 003 Civil del Circuito de Sincelejo es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido.
  2. SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-5991 al Juzgado 003 Civil del Circuito de Sincelejo para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.