A- de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Carlos Edward Osorio Aguilar
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Legislador guardó silencio en materia de competencia
- Intervención en expedición de la norma acusada
- Aceptación y designación de funcionario
- No es posible que Viceprocurador General de la Nación lo emita
- Impedimentos y recusaciones los resuelve la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia
- Falta de competencia de la Corte Constitucional
- Funciones delegables
- Inaplicable para subsanar vacío respecto de impedimentos o recusaciones de Procurador General de la Nación
- Aceptación en la misma providencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se aceptó el impedimento manifestado por el Procurador y el Viceprocurador General de la Nación para emitir concepto en relación con la demanda de inconstitucionalidad contra los Arts. 6, inciso 3 y 533 (parcial) de la Ley 906 de 2004, “por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal”.
Toda vez que aducen como causal de impedimento haber intervenido en la expedición de las normas sometidas al control de la Corte, por haber formado parte de la comisión y subcomisión redactora del proyecto que dio lugar al nuevo Código.
En consecuencia, se ordenó a la Secretaría General de la Corte Constitucional que, una vez ejecutoriada esta providencia, se corra traslado al Procurador a fin de que designe el funcionario que debe rendir el correspondiente concepto.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. ACEPTAR el impedimento manifestado por el señor Procurador General de la Nación, Dr. Edgardo Maya Villazón, para conceptuar en el proceso de la referencia.
- Segundo. En consecuencia, y dadas las circunstancias referidas en la parte motiva de esta providencia, ACEPTAR el impedimento manifestado por el señor Viceprocurador General de la Nación, Dr. Carlos Arturo Gómez Pavajeau, para conceptuar en el proceso de la referencia.
- Tercero. ORDENASE a la Secretaría General de la Corte Constitucional que, una vez ejecutoriada esta providencia, se corra traslado al Procurador General de la Nación a fin de que designe el funcionario que debe rendir el correspondiente concepto.
- Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 262 del 2000 y en armonía con el Decreto 2067 de 1991, ORDENASE a la Secretaría General de la Corte Constitucional que, una vez se levante la suspensión decretada en el proceso de la referencia, con ocasión de los impedimentos propuestos, se corra traslado por el término que falte al funcionario que designe el Procurador General de la Nación, para que rinda el concepto de su competencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.