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Order (Auto)November 23, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

01

Topics and subtopics of the ruling

The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Seguimiento a la Sentencia T-302/17, mediante la cual se declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucional en relación con el goce efectivo de los derechos fundamentales a la alimentación, a la salud, al agua potable y a la participación de las niñas, niños y adolescentes del pueblo Wayuu, ubicados en los municipios de Maicao, Manaure, Riohacha y Uribia, en el departamento de La Guajira Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento hace una invitación a expertas y expertos para conformar grupos de apoyo especializado para el análisis de documentos técnicos, verificación de información, acompañamiento en el seguimiento y peritajes.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (23 points)
  1. Primero. Invitar a expertas y expertos que tengan el interés, así como los conocimientos y capacidades para contribuir en el seguimiento al cumplimiento de la Sentencia T-302 de 2017.
  2. Segundo. La presente invitación tendrá los siguientes parámetros:
  3. a. Las y los interesados tendrán formación académica afín a las siguientes áreas: agua y saneamiento básico; alimentación y nutrición; salud pública y seguridad social; infraestructura vial; antropología; sociología; educación; traducción de Wayuunaiki; y relación empresa-derechos humanos, entre otros.
  4. b. Las y los interesados acreditarán experiencia específica en las áreas mencionadas.
  5. c. Se tendrá en cuenta, de manera particular, la formación y experiencia en materias concernientes al agua, alimentación, nutrición y salud intercultural.
  6. d. Podrán presentarse grupos de investigación, centros de estudio, especializados u observatorios en las áreas mencionadas tanto nacionales como internacionales.
  7. e. La Sala verificará el cumplimiento de los parámetros definidos en los literales anteriores y procederá a la conformación del o los equipos especializados con las y los interesados que los acrediten.
  8. f. La selección de las y los expertos obedecerá, además de la aplicación de los anteriores criterios, a su imparcialidad e independencia respecto de las autoridades estatales encargadas de cumplir las órdenes de la sentencia.
  9. g. El auto que conforme el o los grupos especializados será publicado durante cinco (5) días, a través de los mismos medios que fueron empleados para publicar esta invitación.
  10. h. El grupo o los grupos seleccionados podrán variar y/o actualizarse, pues atendiendo las necesidades de la Sala en el futuro, podrán realizarse otras invitaciones.
  11. i. El grupo que se conforme no impide que, atendiendo la especificidad del asunto a tratar, se solicite al apoyo de otras u otros expertos en las materias mencionadas o en otras no previstas en este auto.
  12. j. La invitación se publicará durante diez (10) días hábiles en la página web de la Corte Constitucional y en sus redes sociales.
  13. k. Durante el tiempo de publicación, se recibirán las manifestaciones de interés y correspondientes hojas de vida personales y/o institucionales, según corresponda, a través del siguiente correo electrónico: secretaria2@corteconstitucional.gov.co.
  14. Tercero. Ordenar al Área de Sistemas y a la Oficina de Prensa de la Corte Constitucional difundir la presente invitación a través de la página web de la corporación y sus redes sociales durante el término de diez (10) días.
  15. Cuarto. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, comunicar este auto a los actores involucrados en el cumplimiento y seguimiento de la sentencia y a las comunidades del pueblo Wayuu, estas últimas a través de los canales informados por las personas que han sido designadas como voceras por las diferentes comunidades, así como por el Consejo Superior y la Junta Mayor de Palabreros.
  16. Comuníquese y cúmplase.
  17. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  18. Magistrado
  19. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  20. Magistrado
  21. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  22. Magistrada
  23. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
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