JurídicoESEN
Order (Auto)November 12, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Natalia Ángel Cabo

✓Claimant Instituto Financiero De Casanare Ifc·Respondent Roa Segura Ruth Isabel Y Otro

✓
Topic · hard data
Demanda Ejecutiva Promovida Por El Ifc, En Calidad De Endosatario En La Que Se Pretende El Cobro Del Capital Junto Con Los Intereses Corrientes Y De Mora Originados En El Pagaré.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Ejecución de títulos valores endosados con origen en contratación estatal
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 001 Civil Municipal de Yopal y el Juzgado 005 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, por una demanda ejecutiva presentada por el Instituto Financiero de Casanare, contra unas ciudadanas para perseguir el pago de unos valores contenidos en un pagaré que respalda un crédito educativo otorgado a través del convenio entre el FESCA y el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX), que se encuentra insoluto.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que el título valor objeto de ejecución fue suscrito por las demandadas, en calidad de deudoras y, por el ICETEX, en calidad de acreedor.

Este último cedió los derechos y obligaciones a la Gobernación de Casanare y esta, a su vez, las transfirió al IFC.

En este caso, se produjo la transferencia del título valor y el litigio no se presenta entre quienes inicialmente suscribieron el vínculo contractual, así que, en virtud del artículo 15 del CGP y las disposiciones 627 y 784 (numeral 12) del Código de Comercio, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, es la competente de conocer el proceso ejecutivo instaurado, pues el litigio involucra un tercero al cual se le endosó o transfirió el título, en virtud de lo dispuesto en Auto 1027/21

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 001 Civil Municipal de Yopal y el Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Yopal, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 001 Civil Municipal de Yopal es la autoridad competente para conocer de la demanda ejecutiva promovida por el Instituto Financiero de Casanare en contra de las señoras Ruth Isabel Roa Segura y Yolanda Segura Sanabria.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-7226 al Juzgado 001 Civil Municipal de Yopal para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado 005 Administrativo del Circuito de la misma ciudad y a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.