A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Margarita Cabello Blanco
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se declara infundado para rendir concepto en Decreto que declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira
- Causal consistente en tener interés en la decisión
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La Procuradora General de la Nación manifestó ante la Corporación su impedimento para rendir concepto en el proceso de la referencia, argumentando lo dispuesto en los 25 y 26 del Decreto 2067 de 1991.
De manera específica argumentó que, cuando se desempeñó como magistrada de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia suscribió la sentencia de segunda instancia del proceso de tutela en el que la Corte Constitucional profirió la sentencia T-302/17, por medio de la cual se declaró el estado de cosas inconstitucional en relación con la situación de las niñas y los niños de algunos de los municipios de La Guajira.
La Sala Plena no encontró acreditado que lo decidido en el fallo indicado por la Procuradora pueda afectar su objetivad e imparcialidad en el ejercicio de conceptuar respecto a la constitucionalidad del Decreto Legislativo 1085 de 2023, máxime cuando el fallo de tutela tan sólo fue uno de los fundamentos que usó el mencionado Decreto para justificar la declaratoria de un estado de emergencia en el departamento de La Guajira.
Con base en lo anterior se declaró INFUNDADO el impedimento formulado por la jefa del Ministerio Público.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (24 points)
- PRIMERO. DECLARAR INFUNDADO, con base en las razones expresadas en esta providencia, el impedimento manifestado por la Procuradora General de la Nación para emitir concepto dentro del expediente RE-347.
- SEGUNDO. ADVERTIR que contra esta providencia no procede recurso alguno.
- Notifíquese y cúmplase.
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- Ausente con permiso
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
- Magistrado
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- Ausente con permiso
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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