A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Helbert Eliud Quevedo Garzon·Respondent Secretaria De Transporte Y Movilidad De Cundinamarca- Sedes Operativas De Cota, Choconta Y Ricaurte
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competencia a prevención del lugar escogido por el demandante
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto aparente de competencia suscitado entre el Juzgado 31 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera y el Juzgado 32 Civil Municipal de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la interpretación de la demanda que interpuso la parte actora.
Ésta formuló una acción de cumplimiento y el primer despacho consideró que a la anterior solicitud se le debía imprimir el trámite de la acción de tutela, aún cuando el demandante no indicó que se trataba de esta clase de amparo.
No obstante, se declaró sin competencia para conocer el caso y remitió las diligencias a los juzgados civiles municipales.
La Corte encontró que la petición formulada por el accionante efectivamente correspondía a una acción de tutela y, por ello, dirimió el conflicto con la remisión del expediente al Juzgado 31 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera para que, de manera inmediata, profiera decisión de fondo a la que haya lugar.
Se le hizo una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en las reglas de reparto contenidas en los Decretos 1983 de 2017 y 1069 de 2015, modificadas por el Decreto 333 de 2021, por cuanto ello desconoce la jurisprudencia constitucional.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 23 de mayo de 2023 proferido por Juzgado 31 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera dentro de la acción de promovida por el señor Helbert Quevedo Garzón en contra de la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4458 al Juzgado 31 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera para que, de manera inmediata, profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado por el accionante.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado 31 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en las reglas de reparto contenidas en los Decretos 1983 de 2017 y 1069 de 2015, modificadas por el Decreto 333 de 2021, por cuanto ello desconoce la jurisprudencia de esta Corporación.
- Cuarto. Por la Secretaría General de esta Corte COMUNICARLE la presente decisión al accionante y al Juzgado 32 Civil Municipal de Bogotá.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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