A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Cordero Vergara Ingris Maria Y Otros·Respondent Emdisalud Ess En Liquidacion Forzosa
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es un particular cuya acción u omisión no supone ejercicio de funciones administrativas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Montería y Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Montería.
Dicho conflicto se originó por la interposición de una acción de grupo en contra de la EPS Emdisalud, con el fin de que se pague una indemnización de perjuicios a los accionantes por los despidos de varios trabajadores y por la falta de pagos en la liquidación de estos.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, determina que las acciones de grupo que se presenten contra Empresas Promotoras de Salud por la posible ocurrencia de un daño moral subjetivo, cuando su naturaleza jurídica sea privada, son competencia de la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Civil, en conformidad con los artículos 50 de la Ley 472 de 1998 y 20 de la Ley 1564 de 2012.
Con base a lo anterior la Corte decide remitir el expediente a el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Montería para lo de su competencia, y para que comunique la providencia a los interesados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Montería y Juzgado
- Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Montería, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Montería es el competente para conocer la acción de grupo promovida por la señora Ingris María Cordero Vergara y otros, contra la empresa Emdisalud ESS EPS en liquidación por la posible configuración de un daño moral subjetivo.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-939 al Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Montería para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Montería.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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