A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Miguel Efrain Polo Rosero
✓Claimant Rodelo Menco Jorge Isaac·Respondent Enel Colombia Sa Esp
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conflictos sobre ocupación permanente de predios que no constituyan legalmente una servidumbre
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 21 Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado 63 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, suscitado por una demanda de reparación por daños y perjuicios, presentada por un ciudadano, contra la empresa de Energía de Bogotá S.A.
E.S.P., y su filial ENEL Colombia, para solicitar la indemnización de perjuicios por la imposición de una servidumbre que no se encuentra registrada, al considerarse afectado a causa del trazado de línea de conducción eléctrica ‘La Mesa - Torca’.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena indica que en Auto 045/21, se determinó que las servidumbres de servicios públicos domiciliarios pueden ser impuestas por acto administrativo, mediante proceso judicial o de forma voluntaria y no existe una prerrogativa legal que le permita a los prestadores de servicios públicos imponer servidumbres de hecho, pues en dicho caso deberán responder patrimonialmente con indemnización justa al propietario, para compensar los perjuicios derivados de la afectación al predio, según artículo 57 de la Ley 142/94 y la Ley 56/81, con conocimiento de la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil.
Se advierte que el caso se ajusta a lo dispuesto en auto citado, ya que la controversia tiene origen en la ocupación de hecho de un predio, por parte de una empresa prestadora de servicios públicos, que no se constituye una modalidad de servidumbre y la pretensión de indemnización del propietario no se enmarca en alguno de los supuestos del artículo 104 del CPACA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 21 Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado 63 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 21 Civil del Circuito de Bogotá, es la autoridad competente para conocer el asunto.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-7080 al Juzgado 21 Civil del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 63 Administrativo del Circuito de la misma ciudad (Sección Tercera) y a los interesados en este trámite.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.