A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Consorcio Vinco·Respondent Consorcio Senderos Tutunendo
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Demandas declarativas entre un contratista privado de una entidad pública y un subcontratista particular
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 006 Administrativo de Quibdó, Chocó, y el Juzgado Promiscuo Municipal de Carepa, Antioquia, suscitado por una acción popular presentada por Vértices Ingeniería S.A.S. y Arco Constructores S.A.S., integrantes del Consorcio Vinco, en contra de unos ciudadanos, miembros del Consorcio Senderos Tutunendo, con el fin de que se declare que entre las partes se celebró un contrato verbal de cesión de la posición contractual en un contrato de obra, en favor del Consorcio Senderos Tutunendo por lo que se obligó a pagar en favor de los integrantes del consorcio Vinco una suma de dinero que fue incumplida.
Solicita, por consiguiente, que se le condene al pago de este y otros valores generados por dicho concepto.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que el presunto acuerdo objeto de la demanda habría sido celebrado verbalmente entre particulares, concretamente, entre los integrantes de los dos consorcios, y no participó en el mismo una entidad pública o un particular en ejercicio de funciones propias del Estado, por lo que considera que la competencia del asunto corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, de conformidad con la cláusula residual de competencia prevista en los artículos 12 de la Ley 270/96 y 15 del CGP, conforme reglas dispuestas en Autos 348/22, 1042/23, 625 y 1454/25
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 006 Administrativo de Quibdó, Chocó, y el Juzgado Promiscuo Municipal de Carepa, Antioquia, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Promiscuo Municipal de Carepa, Antioquia, es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por Vértices Ingeniería S.A.S. y Arco Constructores S.A.S., integrantes del Consorcio Vinco, contra Jorge Absalón Núñez Cañón y Gloria Janeth Sandoval Cuartas, miembros del Consorcio Senderos Tutunendo.
- Segundo. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6960 al Juzgado Promiscuo Municipal de Carepa, Antioquia, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 006 Administrativo de Quibdó.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.