A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Castillo Camargo Elsy Rosa·Respondent Unidad Administrativa Especial De Gestion Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Proteccion Social Ugpp
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Treinta y Seis Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Cuarenta y Nueve Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, Sección Segunda, ocasionado por una demanda ordinaria laboral instaurada por una ciudadana, contra la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, con el objetivo de que se le condene a reconocer la pensión de jubilación conforme la Convención Colectiva de Trabajo suscrita por el Instituto de Seguros Sociales y Sintraseguridad; liquidar la mesada pensional teniendo en cuenta una cuantía equivalente al 100% del promedio mensual de lo percibido en los últimos dos años de servicio; entre otras pretensiones.
Verificado el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la pretensión principal de la demanda es el reconocimiento de la pensión de jubilación contemplada en la Convención Colectiva de Trabajo suscrita con Sintraseguridad y se advierte además que su pensión de jubilación convencional fue reconocida previamente por la ESE, lo que no da lugar a discusión su calidad de trabajadora oficial, por lo que a la luz del artículo 105.4 del CPACA que establece que los conflictos de carácter laboral surgidos entre las entidades públicas y sus trabajadores oficiales están exceptuados del conocimiento de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, es pertinente reiterar la regla de decisión según la cual, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer un proceso laboral promovido por un trabajador oficial, hecho último que se constata no solo con la naturaleza del vínculo laboral y las funciones que desempeña sino también, con el hecho de haber sido beneficiario de una pensión de carácter convencional.
La Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Treinta y Seis Laboral del Circuito de Bogotá, para que proceda con lo de su competencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Treinta y Seis Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Cuarenta y Nueve Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, Sección Segunda, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Treinta y Seis Laboral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por Elsy Rosa Castillo Camargo contra la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social -UGPP.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5890 al Juzgado Treinta y Seis Laboral del Circuito de Bogotá, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los sujetos procesales interesados en el trámite y al Juzgado Cuarenta y Nueve Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, Sección Segunda.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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