JurídicoESEN
Order (Auto)November 9, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant María Esther Pérez Padilla·Respondent Fiscalía Séptima De La Unidad De Fiscalías De Chinú -Córdoba

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia en materia de tutela suscitado entre el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Chinú (Córdoba) y el Juzgado Penal del Circuito de Sahagún (Córdoba).

Encontró la Corte que en el presente caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho se apartó del conocimiento de la solicitud de amparo con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, las cuales fueron modificadas parcialmente por el Decreto 333 de 2021, a pesar de que las mismas no desplazaban su competencia para fallar la acción constitucional.

Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Chinú para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Se le advierte a esta autoridad que en lo sucesivo debe observar con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia constitucional sobre los conflictos de competencia, en especial las reglas reiteradas en el presente proveído.

Al otro operado jurídico involucrado se le advierte que, cuando esté frente a un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual, deberá observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corporación y compiladas en el Auto 550 de 2018.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 12 de septiembre de 2022, proferido por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Chinú (Córdoba), dentro del expediente ICC-4291.
  2. SEGUNDO. REMITIR al Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Chinú el expediente ICC-4291 para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar en relación con la acción de tutela interpuesta por la señora María Esther Pérez Padilla contra Fiscalía Séptima de Chinú.
  3. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Chinú que, en lo sucesivo, deberán observar con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en estos asuntos, en especial las reglas reiteradas en la presente providencia.
  4. CUARTO. ADVERTIR al Juzgado Penal del Circuito de Sahagún (Córdoba) que, cuando esté frente a un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996. Por esta razón, deberá observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional y compiladas en el Auto 550 de 2018.
  5. QUINTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado Penal del Circuito de Sahagún (Córdoba).
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.