A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Martha Liliana Cordero Gomez·Respondent Secretaria De Hacienda De Santa Fe De Antioquia
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 1 Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bucaramanga y el Juzgado 27 Civil de Oralidad de Medellín.
La controversia entre los precitados despachos se originó por las diferentes interpretaciones sobre el factor territorial.
Ambas presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
En virtud del principio a prevención, la Corte decidió respetar la elección de la actora y dirimió el conflicto con la remisión del expediente al Juzgado 1 Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bucaramanga para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
A la otra autoridad judicial involucrada se le advirtió que, en lo sucesivo, remita los conflictos de competencia de forma inmediata a las autoridades judiciales establecidas en la Ley 27 0 de 1996, para lo cual se deben observar las reglas previstas sobre la materia en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 15 de septiembre de 2025 proferido por el Juzgado 01 Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bucaramanga en el trámite de la acción de tutela presentada por Martha Liliana Cordero Gómez en contra de la Secretaría de Hacienda de Santa Fe de Antioquia y la Oficina de Industria y Comercio de Santa Fe de Antioquia.
- Segundo. REMITIR al Juzgado 01 Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bucaramanga el expediente ICC-5156 para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado 27 Civil de Oralidad de Medellín, para que, en lo sucesivo, remita los conflictos de competencia de forma inmediata a llas autoridades judiciales establecidas en la Ley 27 0 de 1996, para lo cual se deben observar las reglas previstas sobre la materia en el Auto 550 de 2018.
- Cuarto. Por intermedio de la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR al accionante, al Juzgado 01 Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bucaramanga y al Juzgado 27 Civil de Oralidad de Medellín, la decisión adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.