A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Instituto Financiero Empresarial De Yopal Ifey Eice·Respondent Granados Romero Guillermo Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos ejecutivos promovidos por entidades públicas sin certeza de existencia de contrato estatal como causa del título a ejecutar
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Tercero Civil Municipal de Yopal (Casanare) y el Juzgado Cuarto Administrativo de la misma municipalidad, ocasionado por una demanda ejecutiva singular de mínima cuantía, presentada por el Instituto Financiero Empresarial de Yopal E.I.C.E.-IFEY, en contra de unos ciudadanos, con la que pretende que se libre mandamiento de pago en contra de los demandados por la suma contenida en un pagaré, cuya obligación se encuentra insoluta.
Cumplidos los presupuestos: subjetivo, objetivo y normativo que configuran un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el Instituto -IFEY- es una entidad pública, descentralizada, organizada bajo el régimen de las empresas industriales y comerciales, y no se encuentra enlistado como una institución sometida a la vigilancia e inspección de la superintendencia Financiera de Colombia.
Se tiene clara la naturaleza jurídica de la entidad.
Sin embargo, no ocurre lo mismo acerca de la existencia o inexistencia de un contrato estatal entre las partes, por cuanto a pesar de mencionarse en la demanda la existencia de un contrato de mutuo que se encuentra garantizado con el pagaré objeto de ejecución, no se acredita la existencia de un contrato estatal, pero se concluye que el asunto de controversia sería del conocimiento de la jurisdicción contencioso administrativo al involucrar un acto o contrato suscrito por una entidad pública sujeta al derecho administrativo.
Se considera pertinente reiterar la regla de decisión del Auto 1209 de 2024, según la cual, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer los procesos ejecutivos promovidos por entidades públicas, en los casos en los que el juez del conflicto no tuviere certeza sobre la existencia o inexistencia de un contrato estatal que pudiere ser la causa del título valor que se pretende ejecutar.
La Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Cuarto Administrativo de Yopal (Casanare), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Tercero Civil Municipal de Yopal (Casanare).
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Yopal (Casanare) y el Juzgado
- Cuarto. Administrativo de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Cuarto. Administrativo de Yopal (Casanare) es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por el Instituto Financiero Empresarial de Yopal en contra de los señores Guillermo Granados Romero y María Ninfa Polania.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5783 al Juzgado
- Cuarto. Administrativo de Yopal (Casanare), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Yopal (Casanare).
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.