JurídicoESEN
Order (Auto)October 9, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Claimant Aleida Forero Soriano·Respondent Alcaldia De Ibague Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Principio Perpetuatio Jurisdictionis
  • Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
3 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué y la Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado.

Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente en la medida en que la primera Corporación se apartó del conocimiento del recurso de impugnación formulado por la parte accionante, argumentando su falta de competencia con fundamento en las reglas de reparto y la presunta indebida conformación del contradictorio.

Se dirimió la controversia con la remisión del expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué para que profiera la decisión de segunda instancia a la que haya lugar.

Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto, la conformación del contradictorio y/o la inaplicación del principio de perpetuatio jurisdictionis y,por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Al otro operador jurídico se le hizo una advertencia para que, en lo sucesivo, no vuelva a incurrir en la remisión tardía de los expedientes, pues ello afecta la celeridad y eficacia en la administración de justicia, así como la protección a los derechos fundamentales de quienes acuden a la acción constitucional.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del el 13 de agosto de 2021 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, dentro del expediente ICC-4796.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4796 a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué para que resuelva la impugnación presentada por la parte accionante.
  3. TERCERO. ADVERTIR a la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Ibagué que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto, la conformación del contradictorio y/o la inaplicación del principio de perpetuatio jurisdictionis, y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. CUARTO. ADVERTIR al Juzgado
  5. Tercero. Penal del Circuito de Ibagué para que, en lo sucesivo, no vuelva a incurrir en la remisión tardía de los expedientes, pues ello afecta la celeridad y eficacia en la administración de justicia, así como la protección a los derechos fundamentales de quienes acuden a la acción constitucional.
  6. QUINTO. Por la Secretaría General de la corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, a la Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado y al Juzgado
  7. Tercero. Penal del Circuito de Ibagué.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.