A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Lozano Ospina Josué Duvan·Respondent --
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
- Requisitos de procedencia
- Incumplimiento de la carga argumentativa
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque en el escrito de corrección persistió la falta de certeza indicada en la inadmisión, en tanto el actor le otorgó a la norma censurada un alcance que no logró demostrar.
La Sala Plena de la Corporación concluyó que el recurso no cumplió con la carga argumentativa exigida para su trámite, en los términos dispuestos por la jurisprudencia constitucional, puesto que ninguno de los argumentos mostró mínimamente que: (i) se exigieron requisitos que no son propios de la fase de admisibilidad; (ii) se cumplieron satisfactoriamente los requerimientos fijados en el auto que inadmitió la demanda y, sin embargo, se rechazó; (iii) el auto de rechazo no está debidamente motivado; o (iv) la decisión de rechazo de la acción de inconstitucionalidad incurrió en un yerro, olvido o arbitrariedad.
Con base en lo anterior se RECHAZÓ la súplica impetrada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. RECHAZAR, por falta de carga argumentativa, el recurso de súplica presentado por Josué Duván Lozano Ospina contra el Auto del 3 de septiembre de 2025, que rechazó el cargo por vulneración al derecho a la igualdad formulado en la demanda contra las expresiones "mujer" y "mujeres" contenidas en los artículos 1°, 3, 4, 6, 8, 9, 10 y 11 de la Ley 2244 de 2022, dentro del expediente D-16756.
- SEGUNDO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR esta decisión al recurrente, indicándole que contra la misma no proceden recursos.
- TERCERO. Una vez comunicada esta decisión, REMITIR al despacho ponente para que se continúe con la actuación procesal correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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