JurídicoESEN
Order (Auto)July 26, 2023

A- de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Claimant Universidad Pontificia Bolivariana Y Otro·Respondent Municipio De Bello Antioquia

✓
Topic · hard data
Asunto En El Que Una Ips Demanda A Entidades Públicas Por El No Pago De Servicios De Salud Que Ya Fueron Prestados.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Asuntos en los que una IPS demanda a entidades públicas por el no pago de servicios de salud que ya fueron prestados
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Oralidad de Bello (Antioquia) y el Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de Medellín.

La controversia fue originada por demanda instaurada por la Clínica Universidad Bolivariana en contra del municipio de Bello, en virtud del no pago de las obligaciones contenidas en facturas generadas por la prestación de servicios de salud a población pobre y vulnerable.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena aplicó la regla de decisión contenida en Auto 1088 de 2021, ampliada en Auto 546 de 2023, según los cuales la competencia para conocer de los asuntos en los que una IPS demanda a entidades públicas por el no pago de servicios de salud que ya fueron prestados, debe ser atribuida a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, por cuanto a través de estos se cuestiona por parte de una IPS la responsabilidad extracontractual de entidades públicas.

En consecuencia, se dispuso el envío del expediente al Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de Medellín, para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Cuarto. Civil Municipal de Oralidad de Bello y el Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de Medellín, y DECLARAR que el Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de Medellín, es la autoridad competente para conocer la demanda formulada por la Clínica Universitaria Bolivariana en contra del municipio de Bello.
  3. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3191, al Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de Medellín para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
  4. Cuarto. Civil Municipal de Oralidad de Bello.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.