A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Lina Marcela Escobar Martínez
✓Claimant Dionisia Del Carmen Yusti Rivas·Respondent Servicio Nacional De Aprendizaje - Sena
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia presentado entre el Juzgado 30 Penal Municipal con función de control de garantías de Medellín, el Juzgado 7 de Familia de Medellín y el Tribunal Administrativo del Cesar.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente en la medida en que las autoridades involucradas se apartaron del conocimiento del asunto con base en reglas de reparto.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 30 Penal Municipal con función de control de garantías de Medellín para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
Se hizo una advertencia a los dos operadores jurídicos de la ciudad de Medellín para que, en lo sucesivo, se abstengan de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decidan conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
De manera específica se advirtió al juzgado de Familia que, en lo sucesivo, se abstenga de disponer el rechazo de acciones de tutela por falta de competencia y de realizar un análisis a priori sobre la admisión de la demanda y la conformación del contradictorio, con el objetivo de declarar su falta de competencia bajo el argumento de que la inclusión o modificación de entidades demandadas altera tal competencia, de conformidad con la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, en materia de conflictos de competencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 14 de septiembre de 2025, proferido por el Juzgado 030 Penal Municipal con función de control de garantías de Medellín, dentro del trámite de tutela promovido por Dionisia del Carmen Yusti Rivas contra el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5158 al Juzgado 030 Penal Municipal con función de control de garantías de Medellín para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 030 Penal Municipal con función de control de garantías de Medellín y al Juzgado 007 de Familia de Medellín para que, en lo sucesivo, se abstengan de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decidan conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- CUARTO. ADVERTIR al Juzgado 007 de Familia de Medellín para que, en lo sucesivo, se abstenga de disponer el rechazo de acciones de tutela por falta de competencia y de realizar un análisis a priori sobre la admisión de la demanda y la conformación del contradictorio, con el objetivo de declarar su falta de competencia bajo el argumento de que la inclusión o modificación de entidades demandadas altera tal competencia, de conformidad con la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, en materia de conflictos de competencia.
- QUINTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICARLE la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Juzgado 030 Penal Municipal con función de control de garantías de Medellín, al Juzgado 007 de Familia de Medellín y al Tribunal Administrativo del Cesar.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.