JurídicoESEN
Order (Auto)October 14, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Instituto Financiero De Casanare Ifc·Respondent Salamanca Ariosto Jose Y Otro

✓
Topic · hard data
Demanda Ejecutiva De Mínima Cuantía Presentada Por El Ifc Contra Particulares Por Concepto De Crédito Representado En Pagaré.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Yopal, Casanare, y el Juzgado 002 Civil Municipal de la misma ciudad, por una demanda ejecutiva de mínima cuantía instaurada por el Instituto Financiero de Casanare, contra unos ciudadanos, para perseguir el pago de un pagaré que respalda una obligación, en mora.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena señala que en el título valor objeto de ejecución se indica expresamente que los demandados recibieron el dinero a “título de mutuo”.

El pagaré fue suscrito por el IFC, que es una empresa comercial y de gestión económica del departamento del Casanare.

Se concluye que la obligación tiene origen en un contrato estatal, pues aunque dichas empresas (industriales y comerciales del Estado), según artículos 85 y 93 de la Ley 498/98 y 14 de la Ley 1150/07, se rigen por el derecho privado en el desarrollo de sus funciones y/o actividades comerciales y, por ende, en su contratación, no deja de tratarse de contratación de una entidad estatal, y las controversias derivadas de esos contratos o actos son competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, conforme al artículo 104.2 del CPACA.

El IFC, desarrolla actividades de financiamiento en cumplimiento de su objeto social, pero la entidad no fue constituida como una entidad de carácter financiero y no está vigilada por la Superfinanciera, por lo que no se configura la excepción de la que trata el artículo 105.1 del CPACA.

Se reitera la regla de decisión del Auto 554/23.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Yopal, Casanare, y el Juzgado 002 Civil Municipal de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Yopal, Casanare, es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por el IFC en contra de Aristo José Salamanca Cerón y Dilia Jacinta Pérez Suarez.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-7109 al Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Yopal, Casanare, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 002 Civil Municipal Yopal, Casanare.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.