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Order (Auto)October 2, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Clinica Medical Sas·Respondent Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud Adres

✓
Topic · hard data
Solicitud De Reconocimiento Y Pago De Sumas Relacionadas Con Reclamaciones Judiciales Por Servicios Prestados A Pacientes En La Subcuenta Del Ecat.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Reclamaciones por servicios hospitalarios prestados a pacientes bajo subcuenta del seguro de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito-ECAT
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 2 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Primera, y el Juzgado 32 Civil del Circuito de Bogotá.

La controversia entre despachos se origina por una demanda ejecutiva singular presentada por la Institución Prestadora de Salud Clinical Medical S.A.S., antes Medical PRO&INFOR S.A.S., contra la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social, con el fin de que se libre mandamiento de pago a favor de la demandante, por unas sumas adeudadas por concepto de la prestación de servicios de salud a diferentes pacientes víctimas de accidentes de tránsito, de los cuales el vehículo involucrado no se encuentra asegurado, o es un vehículo en fuga, o es conocido como vehículo fantasma.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena observa que la controversia no se predica de la prestación del servicio médico, sino de la financiación del servicio que ya fue prestado.

Igualmente, este tipo de asuntos no se enmarcan dentro de la competencia del numeral 4 del artículo 2 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, ya que este litigio no versa sobre controversias entre afiliados, beneficiarios, usuarios y entidades administradoras o prestadoras de servicios.

En concreto, este asunto pretende un proceso de reclamación administrativa de facturas, cuya naturaleza está reglada por el Decreto 056 de 2015 y la Resolución 1236 de 2023.

En esas circunstancias, la Sala considera que se debe dar aplicación a la regla prevista en el Auto 861 de 2021, según la cual la competencia judicial para conocer asuntos relacionados con el pago de reclamaciones judiciales al Estado por servicios prestados a pacientes que entran en la Subcuenta del Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito -ECAT- recae en los jueces contencioso-administrativos, en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, por cuanto a través de estos se cuestiona por parte de una entidad del SGSSS un acto administrativo proferido por la ADRES.

En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado 2 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Primera, para que adelante las funciones de su competencia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado 2 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Primera, y el Juzgado 32 Civil del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 2 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Primera, es la autoridad judicial competente para conocer de proceso judicial promovido.
  2. Segundo. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5777 al Juzgado 2 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Primera, para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.