A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Florez Sotelo Ramon·Respondent Surtigas Sa Esp
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es un particular cuya acción u omisión no supone ejercicio de funciones administrativas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Montería y el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Montería, cuya causa radica en una acción popular iniciada por un ciudadano, ante los juzgados administrativos de Montería, en contra de Surtigas, S.A., E.S.P., con el fin de que se le ordene a la demandada proceder de manera inmediata con los estudios técnicos y presupuestales pertinentes para la construcción de redes eficientes para la prestación del servicio de gas natural en el corregimiento Kilómetro Doce.
Cumplidos los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo que configuran un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que, según la definición del numeral 14.7. del artículo 14 de la Ley 142 de 1994, la sociedad demandada es una empresa privada de servicios públicos domiciliarios, compuesta por capital privado, domiciliada en Barranquilla y la pretensión de la demanda no se relaciona con el trámite de peticiones, quejas o recursos contra una decisión de Surtigas, por lo que considera pertinente reiterar la regla dispuesta en Auto 918 de 2021, reiterada a su vez en autos 356 de 2022, 387 de 2022, 741 de 2021 y 2946 de 2023, según la cual, las acciones populares que se presenten por actos, acciones y omisiones de las empresas privadas de servicios públicos domiciliarios relacionadas con el trámite de las peticiones, quejas y recursos contra las decisiones de las empresas serán de conocimiento de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, en tanto constituyen el ejercicio de una función administrativa por parte de estos particulares.
Por el contrario, si la acción popular se origina por actos, acciones y omisiones de estos prestadores que no constituyen ejercicio de función administrativa, su conocimiento corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, como en este último caso corresponde.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Montería para lo de su competencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Montería y el Juzgado
- Cuarto. Administrativo del Circuito de Montería en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Montería es la autoridad competente para conocer la demanda que promovió Ramón Flórez Sotelo en contra de Surtigas, S.A., E.S.P.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5754 al Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Montería para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados y al Juzgado
- Cuarto. Administrativo del Circuito de Montería.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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