A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Mariela·Respondent Nueva Eps
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Octavo Penal del Circuito de Palmira (Valle) y el Juzgado Quinto Penal Municipal con Funciones de Conocimiento del mismo municipio.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho utilizó las reglas de reparto previstas en el Decreto 333 de 2021 para apartarse del conocimiento del asunto.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Octavo Penal del Circuito de Palmira para que tramite y adopte la decisión a que haya lugar de manera inmediata.
Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en las reglas de reparto.
Al otro operador jurídico involucrado se le advirtió que, cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, deberá tener en cuenta que éste tiene que ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual está en la obligación de observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (12 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido por el Juzgado
- Octavo. Penal del Circuito de Palmira el 3 de septiembre de 2024, dentro del expediente ICC-4778.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4778 al Juzgado
- Octavo. Penal del Circuito de Palmira para que tramite y adopte la decisión a que haya lugar de manera inmediata.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Octavo. Penal del Circuito de Palmira que se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en las reglas de reparto.
- Cuarto. ADVERTIR al Juzgado
- Quinto. Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Palmira que, cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, deberá tener en cuenta que éste tiene que ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual está en la obligación de observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el auto 550 de 2018.
- Quinto. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional que anonimice cualquier dato que, a través de los sistemas de consulta pública de la Corte Constitucional, haga referencia a la identidad de la parte accionante, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
- Sexto. Por intermedio de la Secretaría General de la corporación, COMUNICAR esta providencia a la parte accionante, al Juzgado
- Octavo. Penal del Circuito de Palmira y al Juzgado
- Quinto. Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Palmira.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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