A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Eps Sanitas Sa·Respondent Adres
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Configuración de cosa juzgada
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 005 Administrativo del Circuito Bogotá D.C., Sección Primera, y el Juzgado 018 Laboral del Circuito de Bogotá D.C., suscitado por una demanda ordinaria laboral presentada por EPS Sanitas S.A., contra la ADRES, cuyas pretensiones, entre otras, son que se declare la responsabilidad de la Administradora por los perjuicios causados por el rechazo de los recobros relacionados con la entrega de tecnologías no incluidas en el POS-, hoy PBS ni en la Unidad de Pagos por Capitación -UPC- y se le condene al reconocimiento y pago de los valores correspondientes a dicha acreencia.
Al hacer el análisis de los requisitos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que en este caso se configura el fenómeno de la cosa juzgada.
Este conflicto es idéntico al resuelto mediante Auto del 7 de octubre de 2020 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en el que asignó la competencia del caso al Juzgado 018 Laboral del Circuito de Bogotá D.C.
Es decir, en ambos asuntos hay identidad de objeto, identidad de causa e identidad de partes, por lo que la Corte dispone estarse a lo resuelto en dicha decisión y resuelve remitir el expediente al Juzgado 018 Laboral del Circuito de Bogotá D.C., para lo de su competencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en el Auto del 7 de octubre de 2020, dentro del radicado 11001010200020190150901.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6123 al Juzgado 018 Laboral del Circuito de Bogotá D.C., para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Bogotá D.C., Sección Primera, y a los interesados en este trámite.
- TERCERO. PREVENIR al Juzgado 018 Laboral del Circuito de Bogotá D.C. para que, en lo sucesivo, se abstenga de plantear conflictos de competencia entre jurisdicciones por asuntos resueltos por el Consejo Superior de la Judicatura, y aplique la jurisprudencia de la Corte Constitucional en esta materia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.