A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Lina Marcela Escobar Martínez
✓Claimant Barrero Merchan Alvaro·Respondent Municipio De Beltran Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Demandas de nulidad de un acuerdo de conciliación entre particulares sobre un asunto privado que no está sujeto al derecho administrativo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado Único Promiscuo Municipal de Beltrán, Cundinamarca y el Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Girardot, suscitado por una demanda declarativa verbal de mínima cuantía, instaurada por un ciudadano, para obtener la nulidad de un Acta de conciliación suscrita ante la Personería Municipal de Beltrán (Cundinamarca), sobre un acuerdo de administración, uso y goce de la vivienda producto de la sociedad conyugal entre convocante y convocado, por considerar que la personera carecía de competencia funcional y/o subsidiara y/o residual.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que, el acuerdo conciliatorio se desarrolló ante un funcionario que integra el Ministerio Público, pero la naturaleza del asunto no correspondió a aquellas materias que Ley 2220/22 atribuye su conocimiento a la JCA en materia conciliatoria.
Al no existir norma expresa que regule los asuntos jurisdiccionales relativos a la nulidad de actas de conciliación en asuntos de familia, la Corte amplía la regla de decisión del Auto 612/23 para concluir que, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, es la competente para conocer de las demandas de nulidad de un acuerdo conciliatorio entre particulares sobre un asunto privado no sujeto al derecho administrativo.
Lo anterior, en virtud de la cláusula residual de competencia establecida en el artículo 15 del CGP.
Si la materia tratada en el acta de conciliación atañe a asuntos de familia, será el Juez de Familia, en caso de existir este en el lugar donde se ejercite la acción, el competente para conocer del asunto.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Único Promiscuo Municipal de Beltrán - Cundinamarca y el Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Girardot, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Único Promiscuo Municipal de Beltrán - Cundinamarca es la autoridad competente para conocer la demanda instaurada por el Señor Álvaro Barrero Merchán, a través de apoderado.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-7018 al Juzgado Único Promiscuo Municipal de Beltrán - Cundinamarca para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, en especial al Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Girardot.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.