A- de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Prohíbe cualquier diferenciación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica, entre otras
- No implica ignorar la necesaria articulación y complementariedad de las distintas políticas públicas
- Seguimiento de las medidas adoptadas para superar el estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T-025/04
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 adopta una serie de medidas para garantizar los derechos de la población desplazada en el marco de la emergencia sanitaria declarada con ocasión del COVID-19.
Entre las disposiciones adoptadas se destacan las siguientes; 1º.
Reiterar al Gobierno Nacional, en cabeza de la directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y del director de la Unidad para las Víctimas, las reglas dispuestas por esta Corporación respecto al deber de diferenciación entre las medidas de asistencia social, la atención humanitaria y la reparación integral, así como aquellas relacionadas con la garantía del derecho a la igualdad (que puede implicar un trato distinto, más favorable) y no discriminación de las víctimas de desplazamiento forzado en el acceso a la oferta del Estado. 2º.
Exhortar al Gobierno Nacional, en cabeza de las autoridades mencionadas previamente, para que las disposiciones que se adopten para atender la crisis generada por la pandemia se realicen en pleno respeto del deber de distinción entre los servicios de asistencia social, la atención humanitaria y la reparación integral; y garanticen a las víctimas del desplazamiento forzado el acceso a los programas y servicios que se implementen para atender a la población en la emergencia producida por el COVID-19.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REITERAR, mediante la Secretaria General de esta Corporacion al Gobierno Nacional, en cabeza de la directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y del director de la Unidad para las Victimas, las reglas dispuestas por esta Corporacion respecto al deber de diferenciacion entre las medidas de asistencia social, la atencion humanitaria y la reparacion integral, asi como aquellas relacionadas con la garantia del derecho a la igualdad (que puede implicar un trato distinto, mas favorable) y no discriminacion de las victimas de desplazamiento forzado en el acceso a la oferta del Estado.
- Segundo. EXHORTAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, al Gobierno Nacional, en cabeza de la directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y del director de la Unidad para las Victimas para que las disposiciones que se adopten para atender la crisis generada por la pandemia: (i) se realicen en pleno respeto del deber de distincion entre los servicios de asistencia social, la atencion humanitaria y la reparacion integral; y (ii) garanticen a las victimas del desplazamiento forzado el acceso a los programas y servicios que se implementen para atender a la poblacion en la emergencia producida por el COVID-19.
- Tercero. INVITAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, al Contralor General de la Republica, al Procurador General de la Nacion, al Defensor del Pueblo, a la Comision de Seguimiento a la Politica Publica sobre Desplazamiento Forzado, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Consejo Noruego para los Refugiados, a que realicen un seguimiento especial a los avances, rezagos o eventuales retrocesos en la garantia del goce efectivo de los derechos de la poblacion desplazada.
- Cuarto. REMITIR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, a la directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, al director del Departamento Nacional de Planeacion y al director de la Unidad para las Victimas, la solicitud elevada por la Comision de Seguimiento a la Politica Publica sobre Desplazamiento Forzada.
- Quinto. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, el contenido de esta providencia al Presidente de la Republica, a la Consejera Presidencial para Derechos Humanos y Asuntos Internacionales, y a la Mesa Nacional de Participacion Efectiva de Victimas.
- En razon de la situacion de aislamiento preventivo obligatorio, todas las comunicaciones ordenadas en este auto se haran via correo electronico.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.