JurídicoESEN
Order (Auto)September 5, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant Miguel·Respondent Agencia Nacional De Tierras

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Medidas Provisionales Para Proteger Un Derecho
  • Orden a la Unidad Nacional de Protección (UNP) de hacer efectivas las medidas de protección en favor de los accionantes
  • Requisitos de procedencia
Medidas Provisionales
  • Procedencia según Decreto 2591/91 artículo 7
  • Deben ser razonadas, sopesadas y proporcionadas a la situación planteada
4 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Tras concluir que en el presente caso existe la necesidad y urgencia de decretar medidas provisionales de protección y que se cumplen los requisitos legales y jurisprudenciales para su procedencia, la Sala de Revisión ordenó a la Unidad Nacional de Protección (UNP) proceder de manera inmediata a adoptar medidas provisionales de protección para los ciudadanos líderes del grupo indígena accionante y para la abogada acompañante, con el fin de prevenir afectaciones en sus derechos fundamentales a la vida y seguridad e integridad personal.

Dispuso, además, que dichas medidas deberán estar vigentes hasta que la entidad haga la respectiva valoración del riesgo según lo dispone la norma aplicable.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. ORDENAR a la Unidad Nacional de Protección (UNP)23 que en el marco de sus competencias, y especialmente, de las establecidas en el artículo 2.4.1.2.9 del Decreto 1066 de 2015, proceda de manera inmediata a adoptar medidas provisionales de protección para para Miguel, Luisa, Nicolás, Raúl y Mauricio, líderes del Grupo Indígena, y Ana, abogada acompañante, con el fin de prevenir afectaciones en sus derechos fundamentales a la vida y seguridad e integridad personal. Dichas medidas de emergencia deberán estar vigentes hasta que la UNP haga la respectiva valoración del riesgo según dispone la norma citada.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Unidad Nacional de Protección (UNP) que, una vez cumpla con la adopción de las medidas provisionales decretadas, informe a esta corporación sobre la fecha de entrega efectiva del esquema transitorio de seguridad a las personas referidas en el numeral anterior de esta providencia.
  3. TERCERO. ADVERTIR a las partes y entidades vinculadas que se abstengan de divulgar cualquier información relacionada con los asuntos de los que trata el expediente T-10.172.656.
  4. CUARTO. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR lo dispuesto a las partes y a los terceros con interés en este proceso.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.