A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Andrea Lucia Martinez Trujillo·Respondent Empresa Temporal Listo S.A.S.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competencia a prevención del lugar escogido por el demandante
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Treinta y Ocho Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá D.C. y el Juzgado Promiscuo Municipal de El Rosal (Cundinamarca).
La controversia entre los despachos judiciales involucrados se originó en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se produjo y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
Con base en el criterio a prevención previsto en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, la Corte le asignó la competencia al juzgado al que inicialmente le fue remitido el asunto, esto es, al Treinta y Ocho Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá D.C.
Se remite el expediente al precitado operador jurídico para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Al otro despacho involucrado se le advierte que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 18 de abril de 2023 proferido por el Juzgado Treinta y Ocho Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá D.C., dentro de la acción de tutela formulada por la señora Andrea Lucía Martínez Trujillo contra Listos SAS.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4404 al Juzgado Treinta y Ocho Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá D.C. para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de El Rosal (Cundinamarca) que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el auto 550 de 2018 de esta Corporación.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la accionante y a Juzgado Promiscuo Municipal de El Rosal (Cundinamarca) de la decisión adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.