A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Jacobo Calderón Villegas
✓Claimant Gerson Gregorio Quintero Sanguino·Respondent Fondo Para Reparacion A Las Victimas Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
- Procedimiento preferente y sumario para la protección inmediata de derechos fundamentales
- No puede transcurrir más de diez días entre la solicitud y su resolución
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sección Segunda del Consejo de Estado y el Juzgado 50 Civil del Circuito de Bogotá D.C.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente porque el primer despacho aplicó indebidamente las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente la Sección Segunda del Consejo de Estado para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Por otro laco, consideró la Sala Plena de la Corporación que la jurisprudencia respecto de los conflictos aparentes ha sido inobservada por parte de las autoridades judiciales y que dicha actuación afecta los principios constitucionales de celeridad y eficacia de la administración de justicia.
Concluyó que es inadmisible que después de centenares de reiteraciones y advertencias, los jueces omitan los criterios que se han fijado sobre el particular.
Por lo anterior, se solicitó al Consejo Superior de la Judicatura que, en un término de seis meses contados a partir de la notificación de esta providencia, diseñe y ejecute un Plan de Capacitación encaminado a que todas las autoridades judiciales conozcan y cumplan las reglas reiteradas en este proveído, el cual deberá vincular, adicionalmente, a las oficinas o autoridades encargadas de realizar el reparto.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 1 de agosto de 2025 proferido por la Sección Segunda del Consejo de Estado, dentro de la acción de tutela formulada por el señor Gerson Gregorio Quintero Sanguino en contra del Fondo para la Reparación de las Víctimas, de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y del "Gerente General del Fondo del Presupuesto General de la Nación para reparar económicamente víctimas del conflicto armado".
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5119 a la Sección Segunda del Consejo de Estado para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. SOLICITAR al Consejo Superior de la Judicatura a efectos de que en un término de seis meses contados a partir de la notificación de esta providencia diseñe y ejecute un Plan de Capacitación encaminado a que todas las autoridades judiciales conozcan y cumplan las reglas reiteradas en esta sentencia. Dicho plan deberá vincular, adicionalmente, a las oficinas o autoridades encargadas de realizar el reparto.
- CUARTO. Por Secretaría General, COMUNICAR al accionante y al Juzgado 050 Civil del Circuito de Bogotá D.C. la decisión adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.