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Order (Auto)August 28, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Claimant Secretaria De Educacion·Respondent Herederos Indeterminados De Cruz Pulgarin Gloria Liliana

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Topic · hard data
Entidad Pública Solicita El Pago De Las Diferencias Salariales Pagadas A Un Particular Y Que Fueron Reconocidas Por Medio De Acto Administrativo.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias laborales reconocidas mediante actos administrativos
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veinticuatro Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C. y el Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Bogotá D.C.

La controversia se origina en una demanda ejecutiva presentada por el Distrito Capital - Secretaría de Educación Distrital, contra los herederos indeterminados de una ciudadana, para que se libre mandamiento de pago en contra de los demandados por las sumas contenidas en una Resolución, por concepto de diferencias salariales que le fueron pagadas a la causante, más los intereses de mora liquidados sobre la suma demandada como capital.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la controversia planteada versa sobre la ejecución de una obligación reconocida en actos administrativos a favor del Distrito Capital, Secretaría de Educación Distrital que, a juicio de la demandante, se encuentra ejecutoriada y es contentiva de una obligación clara, expresa y exigible.

Además, el asunto en estudio no se enmarca dentro de los supuestos que son de conocimiento de los juzgados administrativos, como quiera que el título que se pretende ejecutar no corresponde con ninguno de los señalados en el numeral 6º del artículo 104 del CPACA; y, por el contrario, sí encuadra dentro de la competencia de los jueces laborales, según lo establece el numeral 5º del artículo 2 del CPTSS, en relación con el artículo 100 de la misma codificación, como quiera que procura la ejecución de una obligación emanada de una relación de trabajo entre la demandante y la causante.

Bajo esas circunstancias, la Sala reitera la regla de decisión del Auto 613 de 2021 que establece que corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias derivadas de una relación de trabajo, reconocidas en actos administrativos.

Lo anterior, de conformidad con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.5 y 100 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

En consecuencia, la Corte resuelve enviar el expediente al Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Bogotá D.C., para lo de su competencia y para que comunique esta providencia a los sujetos procesales e interesados en el proceso.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veinticuatro Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C. y el Juzgado
  2. Octavo. Laboral del Circuito de Bogotá D.C., en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda ejecutiva promovida por el Distrito Capital - Secretaría de Educación Distrital contra los herederos indeterminados de la señora Gloria Liliana Cruz Pulgarín (Q.E.P.D.), corresponde al Juzgado
  3. Octavo. Laboral del Circuito de Bogotá D.C.
  4. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5689 al Juzgado
  5. Octavo. Laboral del Circuito de Bogotá D.C., para lo de su competencia y para que comunique esta providencia a los sujetos procesales e interesados en el proceso.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.