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Order (Auto)September 4, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Miguel Efrain Polo Rosero

✓Claimant Junca Hernández Juan Carlos·Respondent --

✓
Topic · hard data
Sin Información
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Finalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
1 topic · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Recurso de súplica.

De manera inicial se profirió un auto mixto en el que se rechazó de plano la demanda, por falta de competencia, respecto de los cuestionamientos hechos al Decreto 1075 de 2015 y a la Directiva 01 de 2022 del Ministerio de Educación y se inadmitió frente a la censura de la Ley 1620 de 2013.

Corregida la demanda en la parte que fue inadmitida concluyó el despacho sustanciador que incumplió las cargas exigidas para entender debidamente formulado el cargo de la violación invocado, en tanto no se satisfizo los requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia, y por no cumplir con la carga argumentativa necesaria para estructurar un cargo por omisión legislativa relativa.

Encontró la Sala Plena de la Corporación que el recurrente no cumplió con la carga de motivación necesaria para abordar el estudio de fondo del recurso, en la medida en que el escrito de súplica careció de la solidez argumentativa exigida por la jurisprudencia constitucional para tales efectos, al no ofrecer razones claras, ni suficientes, para controvertir los fundamentos jurídicos y fácticos en los que se basó la decisión impugnada y, por el contrario, se limitó a reiterar aspectos ya contenidos en la demanda inicial y en su corrección, sin desarrollar un cuestionamiento directo y concreto frente a las consideraciones expuestas en dicha decisión.

Con base en la anterior, se RECHAZÓ, por improcedente, la súplica invocada.

Teniendo en cuenta que el actor solicitó subsidiariamente que se le otorgara un término adicional para subsanar aspectos formales de la demanda, la Sala Plena decidió rechazar esta pretensión por resultar incompatible con la naturaleza y finalidad del recurso de súplica, el cual no está diseñado para reabrir el trámite de corrección, ni para conceder nuevas oportunidades de subsanación, sino para examinar si la decisión de rechazo se sustentó en un error manifiesto.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. , RECHAZAR por improcedente el recurso de súplica presentado por el señor Juan Carlos Junca Hernández en contra del auto del 30 de julio de 2025, proferido por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, mediante el cual se rechazó la demanda propuesta en contra los artículos 13.5, 29 y 31 de la Ley 1620 de 2013, "[p]or la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar", por ausencia de carga argumentativa.
  2. Segundo. RECHAZAR por improcedente la solicitud subsidiaria presentada por el señor Juan Carlos Junca Hernández, consistente en que "se otorgue un término adicional para subsanar los aspectos formales [de la demanda] que se estimen necesarios", por las razones expuestas en esta providencia.
  3. Tercero. A través de la Secretaría General, COMUNICAR el contenido de esta decisión al demandante, indicándole que contra ésta no procede recurso alguno.
  4. Cuarto. Una vez se encuentre ejecutoriada la decisión adoptada en el presente auto, ARCHIVAR el expediente D-16.638.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.