A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimir Fernández Andrade
✓Claimant Vargas Corredor María Alejandra·Respondent --
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se confirma rechazo por carecer de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia demanda de inconstitucionalidad
- Requisitos de procedencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque en su corrección los cargos continuaban incumpliendo los requisitos mínimos de especificidad, pertinencia y suficiencia.
El despacho sustanciador indicó de manera específica que los actores no realizaron la adecuación necesaria a las falencias a las falencias destacadas en la inadmisión y solo reiteraron afirmaciones generales sin estructurar adecuadamente un reproche de inconstitucionalidad.
Analizados los argumentos del recurso concluyó la Sala Plena de la Corporación que los cargos formulados en la demanda, incluso tras su corrección y el recurso de súplica, no cumplieron con los requisitos mínimos de especificidad, pertinencia y suficiencia exigidos por la jurisprudencia constitucional, por lo que no se configuró una duda razonable sobre la constitucionalidad de la disposición acusada que habilitara el estudio de fondo.
Con base en lo anterior se NEGÓ la súplica invocada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. NEGAR el recurso de súplica interpuesto en contra del Auto del 29 de julio de 2025, proferido en el proceso D-16633, a través del cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada contra artículo 164, numeral 2º, literal i (parcial) de la Ley 1437 de 2011 "Por medio de la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo", teniendo en cuenta las razones anotadas en precedencia.
- SEGUNDO. COMUNICAR el contenido de esta decisión a los demandantes por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional y adviértaseles que contra ella no procede recurso alguno.
- TERCERO. ARCHIVAR este expediente una vez ejecutoriada esta decisión.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.