JurídicoESEN
Order (Auto)February 18, 2026

A-140/26 de 2026

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Vladimir Fernández Andrade

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Topic · hard data
Medio De Control De Reparación Directa Dirigida De Manera Concomitante Contra Entidades De Naturaleza Pública Y Privada, Por Los Presuntos Daños Derivados De Un Evento Adverso En La Prestación Del Servicio De Salud.
01

Topics and subtopics of the ruling

The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado 004 Civil del Circuito de Manizales, por causa de una demanda en ejercicio del medio de control de reparación directa instaurada por unos ciudadanos, contra la Super Salud, el Departamento de Caldas – Dirección Territorial de Salud de Caldas, la Clínica Ospedale Manizales S.A. y Salud Total S.A., por presuntos daños derivados de un evento adverso en la prestación del servicio de salud.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que la demanda se dirige de manera concomitante contra entidades de naturaleza pública y privada.

El eventual reproche jurídico central se dirige contra la conducta médica, que se predica del personal directamente vinculado con la atención médica prestada al paciente, sin que se describa una participación directa de las entidades públicas demandadas en la producción del daño alegado, por lo que no es posible inferir razonablemente la existencia de una probabilidad “mínimamente seria” de que éstas puedan llegar a ser condenadas, y que las omisiones conculcadas puedan ser concausa eficiente del daño.

No se configuran los presupuestos para la aplicación del fuero de atracción.

El conocimiento del presente asunto corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, conforme fue señalado en Auto 201/22, en aplicación de la cláusula general o residual de competencia prevista en el artículo 15 del CGP y de la atribución de competencia que hacen los artículos 17 numeral 1º, 18 numeral 1º y 20 numeral 1º del mismo código.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
03

The bench that decided

No bench composition is recorded for this decision. For tutela rulings and orders, often only the reporting justice is known.
04

How it connects

This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.