A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Hernán Leandro Correa Cardozo
✓Claimant Naranjo Hoyos Sixta Elena·Respondent Colombiana De Temporales Sa, Coltempora Sa Y Ese Hospital Local De Cartagena De Indias
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Situación legal y reglamentaria
- Conocimiento de demandas laborales promovidas por empleados públicos contra empresa social del estado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto negativo de jurisdicción suscitado entre el Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Cartagena, Bolívar, y el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La controversia se originó en una demanda ordinaria laboral interpuesta por una ciudadana orientada a que se declare que fue empleada de Coltempora S.A. y la E.S.E.
Hospital Local de Cartagena de Indias y que, al ser desvinculada sin justa causa, tiene derecho a reintegrarse al cargo que desempeñaba, así como al pago de los salarios, prestaciones e indemnizaciones a que haya lugar.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte resuelve que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es competente para conocer de las demandas en las que, en el marco de una relación laboral con una empresa temporal, se solicita el reconocimiento de derechos laborales -salariales y prestacionales- tanto a la empresa temporal como a la usuaria, cuando quiera que (i) esta última sea una entidad pública, cuya regla general de vinculación sea la de empleado público; y (ii) dentro del trámite no pueda desvirtuarse prima facie tal parámetro de vinculación.
En consecuencia, la Sala Plena de la Corte Constitucional, remitió el expediente al Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Cartagena, para lo de su competencia y para que comunique la decisión.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Octavo. Laboral del Circuito de Cartagena (Bolívar) y el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Cartagena conocer de la demanda promovida por la señora Sixta Elena Naranjo Hoyos en contra de la empresa de servicios temporales Coltempora S.A. y de la E.S.E. Hospital Local de Cartagena de Indias.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1830 al Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Cartagena para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado
- Octavo. Laboral del Circuito de la misma ciudad y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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