A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
✓Claimant Harold Eduardo Sua Montaña
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Solicitudes de nulidad formuladas en contra del Auto 403/20, mediante el cual se resolvió una petición de acumulación de varios procesos de constitucionalidad que se adelantan en la Corporación, en los que se analizan demandas formuladas en contra del artículo 122 de la Ley 599 de 2000, y del proceso D-13856.
La acusación del interviniente se concreta en indicar que el precitado auto tiene fecha del 2020 y que fue notificado en el 2021 y que esta demora afectó las actuaciones posteriores, puntualmente el registro del proyecto de fallo dentro del proceso mencionado.
Luego de reiterar el precedente constitucional sobre las nulidades procesales contra las providencias que resuelven aspectos de trámite en los procesos de constitucionalidad; la Sala Plena decidió RECHAZAR, por improcedente, las nulidades impetradas.
Respecto al auto cuestionado consideró la Corte que, al ser de trámite, no es viable la nulidad pretendida, además porque los yerros alegados no se configuraron.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. RECHAZAR por improcedente, la solicitud de nulidad presentada por Harold Eduardo Sua Montana, en contra del tramite surtido en el expediente de la referencia, asi como del Auto 403 de 28 de octubre de 2020, notificado mediante estado No. 018 de 10 de febrero de 2021 proferido dentro del proceso No. D-13856.
- Segundo. Contra la presente decision no procede recurso alguno.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.