A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Miguel Efrain Polo Rosero
✓Claimant Bonilla Valenzuela Manuel Y Otros·Respondent Ministerio De Defensa Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Aplicación en asuntos donde concomitantemente figuren como demandadas personas de derecho privado y público
- Alcance para alterar la competencia de la jurisdicción ordinaria
- demandas de reparación directa en las que se pretende la indemnización de perjuicios derivada de las acciones u omisión de una entidad pública
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre la Subsección A, Sección Tercera, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 003 Laboral del Circuito de Montería, por causa de una demanda, en ejercicio del medio de control de reparación directa presentada por unos ciudadanos, contra la Nación: el Ministerio Nacional, Armada Nacional, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, y, Empleamos S.A., para que se declare que los demandados son responsables por los perjuicios causados a un ciudadano, por las lesiones sufridas por la explosión de una mina antipersonal.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que dos de las entidades demandadas tienen naturaleza pública, y una de las demandadas es una empresa privada, luego en este caso se cumplen los requisitos del fuero de atracción.
Se puede inferir, de los hechos, pretensiones y pruebas de la demanda, que existe una probabilidad mínimamente seria de que pueda presentarse una condena contra las entidades públicas.
Las pretensiones de la demanda no se centran en el cumplimiento de obligaciones o el reconocimiento de prestaciones derivadas del contrato laboral, sino que se sustenta en la presunta omisión de los deberes que debían cumplir dichas entidades para garantizar la seguridad de las personas que participaban en la ejecución del programa de erradicación de cultivos ilícitos del Gobierno Nacional.
Dicha omisión, conforme lo sustentado en la demanda, podría ser “concausa suficiente del daño”.
Se aplica la regla de decisión del Auto 647/21 para asignar la competencia a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre la Subsección A, Sección Tercera, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 003 Laboral del Circuito de Montería, en el sentido de DECLARAR que la Subsección A, Sección Tercera, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por Manuel Bonilla Valenzuela y algunos de sus familiares contra la Nación - Ministerio Nacional - Armada Nacional, la Nación - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, y Empleamos S.A, por lo que se encuentra obligada a dar curso al trámite de apelación a su cargo.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6929 a la Subsección A, Sección Tercera, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que continúe con el trámite del proceso y les comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 003 Laboral del Circuito de Montería.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.