A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Sociedad Medica Rionegro Sa Y Otro·Respondent Departamento De Antioquia
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre recobros de prestaciones no incluidas en el plan de beneficios de salud-PBS
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de Jurisdicciones entre el Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado Treinta y Cuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín.
Surge la controversia entre los Despachos por demanda ejecutiva presentada por la Sociedad Médica Rionegro “SOMER S.A”, en contra del Departamento de Antioquia, con el fin de que se ordene librar mandamiento de pago por el saldo adeudado por concepto de servicios de salud no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud, hoy PBS, representados en facturas.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena resuelve con base en la regla de decisión dispuesta en Auto 389 de 2021, reiterada en Auto 781 de 2021, según la cual, el conocimiento de los asuntos relacionados con los recobros de servicios y tecnologías en salud no incluidos en el POS del régimen subsidiado, hoy PBS, corresponde a los jueces contencioso administrativos, en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, por cuanto a través de estos se cuestiona por parte de una EPS la actuación, manifestación y responsabilidad de una entidad territorial.
Este tipo de controversias no corresponde a las previstas en el numeral 4º del artículo 2 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, en la medida en que no se relacionan, en estricto sentido, con la prestación de los servicios de la seguridad social.
En cambio, se trata de litigios presentados exclusivamente entre una entidad administradora y una entidad territorial relativos a la financiación de servicios ya prestados, que no implican a afiliados, beneficiarios o usuarios ni a empleadores.
Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Treinta y Cuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Medellín y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Octavo. Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado Treinta y Cuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín, y DECLARAR que Juzgado Treinta y Cuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín, es la autoridad competente para conocer de la demanda para conocer la demanda promovida por SOMER S.A en contra del departamento de Antioquia.
- SEGUNDO. REMITIR, por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-4827 al Juzgado Treinta y Cuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Octavo. Laboral del Circuito de Medellín y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.