Order (Auto)September 30, 2026
A-1336 de 2026
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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Topic · hard data
Sin Información
01
Topics and subtopics of the ruling
The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Sin información
Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02
What it decided
This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. DEJAR PARCIALMENTE SIN EFECTOS el Auto del 3 de septiembre de 2026 proferido por el Juzgado 064 Penal Municipal con Funci�n de Control de Garant�as de Bogot�, exclusivamente en cuanto se abstuvo de conocer la acci�n de tutela promovida por Carlos Alberto Mendoza V�lez y John Alexander Ceballos Gaviria contra la Gobernaci�n del Departamento Archipi�lago de San Andr�s, Providencia y Santa Catalina y la Oficina de Control, Circulaci�n y Residencia (OCCRE), y orden� su remisi�n a la Oficina de Reparto del Archipi�lago de San Andr�s, Providencia y Santa Catalina.
- SEGUNDO. MANTENER INC�LUME la medida provisional decretada por el Juzgado 064 Penal Municipal con Funci�n de Control de Garant�as de Bogot� mediante el Auto del 3 de septiembre de 2026, consistente en suspender el c�mputo del t�rmino y de la pr�rroga para que Carlos Alberto Mendoza V�lez y John Alexander Ceballos Gaviria tomen posesi�n de los cargos de magistrados del Tribunal Administrativo de San Andr�s, Providencia y Santa Catalina.
- TERCERO. REMITIR el expediente ICC - 5623 al Juzgado 064 Penal Municipal con Funci�n de Control de Garant�as de Bogot� para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisi�n a que haya lugar.
- CUARTO. ADVERTIR al Juzgado 002 Civil Municipal del Departamento Archipi�lago de San Andr�s, Providencia y Santa Catalina para que, en lo sucesivo, una vez promueva un conflicto de estas caracter�sticas, remita los expedientes a las autoridades judiciales previstas en la Ley 270 de 1996.
- QUINTO. Por la Secretar�a General de esta Corporaci�n, COMUNICAR la presente decisi�n a los accionantes , al Juzgado 064 Penal Municipal con Funci�n de Control de Garant�as de Bogot� y al Juzgado 002 Civil Municipal del Departamento Archipi�lago de San Andr�s, Providencia y Santa Catalina . Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada Ausente con permiso CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado Ausente con comisi�n JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Los accionantes no indicaron en el escrito de tutela su lugar de domicilio. Para efectos de notificaci�n, �nicamente suministraron sus correos electr�nicos y n�meros telef�nicos. [2] Mediante los cuales la OCCRE inadmiti� sus solicitudes de registro de ingreso y expedici�n de las tarjetas de residencia por gesti�n p�blica [3] Expediente Digital, �001AccionTutela�. [4] Expediente Digital, �032AutoRemiteporCompetencia.pdf�. [5] Expediente Digital, �040AutoProponeConflictoCompetencia 202600289.pdf�. [6] Expediente Digital, �Correo envio ICC 5623.pdf�. [7] Expediente Digital, �ActaReparto�. [8] Expediente Digital �04_Memorial_Corte_Constitucional_Conflicto_Competencia.pdf�. [9] Autos 244 de 2011, 218 de 2014, 492 de 2017, 565 de 2017, 178 de 2018, 057 de 2019, 268 de 2019, 026 de 2020 139 de 2020, 021 de 2021, 079 de 2021 y 598 de 2021, 846 de 2022, 2752 de 2023, 597 de 2024, entre otros. [10] Autos 411 y 412 de 2020 y 018 y 021 de 2021, 2752 de 2023, 597 de 2024, entre otros. [11] Autos 184 de 2019, 431 de 2020 y 021 de 2021, 2752 de 2023, 597 de 2024. [12] Ley 270 de 1996. Art�culo 18. Conflictos de Competencia. Los conflictos de competencia que se susciten entre autoridades de la jurisdicci�n ordinaria que tengan distinta especialidad jurisdiccional y que pertenezcan a distintos distritos, ser�n resueltos por la Corte Suprema de Justicia en la respectiva Sala de Casaci�n que de acuerdo con la ley tenga el car�cter de superior funcional de las autoridades en conflicto, y en cualquier otro evento por la Sala Plena de la Corporaci�n. [13] Autos 493 de 2017, 131 de 2018, 057 de 2019, 018 de 2019, 304 de 2020, 016 de 2021, 018 de 2021, 842, 1300 de 2022 y 009 de 2023. [14] Autos 655 de 2017 y 225 de 2018. [15] Autos 299 de 2013 y 074 de 2016, entre otros. [16] A utos 086 de 2007 y 067 de 2011, entre otros. [17] Corte Constitucional, autos 2019 de 2025, 173, 372, 579 y 813 de 2026. [18] Corte Constitucional, Autos 230 de 2018, 457 de 2019 y 507 de 2021. [19] Auto 457 de 2019, Auto 1003 de 2024 y Auto 1062 de 2026, entre otros.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03
The bench that decided
No bench composition is recorded for this decision. For tutela rulings and orders, often only the reporting justice is known.
04
How it connects
This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.