A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Giraldo Rojas Hernan Humberto·Respondent Empresa De Reovacion Y Desarrollo Urbano De Manizales Sas
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias alrededor de contratos en los que intervengan patrimonios autónomos constituidos por transferencia de recursos del Estado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado 010 Civil Municipal de la misma ciudad, por una acción de controversias contractuales, presentada por un ciudadano, contra la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Manizales S.A.S.
(ERUM S.A.S.), la Fiduprevisora S.A. y el Patrimonio Autónomo Macroproyecto San José Manizales PA-MATRIZ, para que se declare que el demandante sufrió una lesión enorme en la celebración de un contrato de compraventa y, se le repare íntegramente, con indemnización de los perjuicios que le generó la misma, entre otras pretensiones.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que ERUM S.A.S.
(empresa industrial y comercial del Estado), celebró un Contrato de Fiducia Mercantil Irrevocable de Recaudo, Administración, Garantía y Pagos para el manejo de los recursos con la Fiduprevisora, y se constituyó el Patrimonio Autónomo (en su mayoría con recursos públicos).
El Macroproyecto se iba a realizar en la zona donde se encuentra el bien del accionante, bajo la figura de la expropiación.
Dado que la controversia surge en el marco de esta figura, es dable afirmar que la competencia para conocer de dichos asuntos es la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Con base en el criterio orgánico y a que en el proceso participa un patrimonio autónomo, se aplica la regla de decisión del Auto 020/24, que establece que, de conformidad con el numeral 2 y el parágrafo del artículo 104 del CPACA, es dicha Jurisdicción la competente para conocer de estos asuntos.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado 010 Civil Municipal de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Manizales es la autoridad competente para conocer el medio de control de controversias contractuales instaurado por Hernán Humberto Giraldo Rojas en contra de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Manizales S.A.S., la Fiduciaria la Previsora S.A. y el Patrimonio Autónomo Macroproyecto San José Manizales PA-MATRIZ.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6863 al Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Manizales para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado 010 Civil Municipal de Manizales y a los interesados en este trámite.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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