A- de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Jorge Ignacio Pretelt Chaljub·Respondent Julian Bedoya Pulgarin
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Remisión a la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista-Ley 1828 de 2017-
- Competencia de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia
- Competencia de la Corte constitucional para dirimir conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Procuraduría Auxiliar para Asuntos Disciplinarios y la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
El presente caso está enmarcado por unas circunstancias concretas y especiales.
Se trata de una controversia suscitada entre dos autoridades, una de carácter administrativo, autónoma e independiente como lo es la Procuraduría General de la Nación y otra judicial, esto es, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
Ambas entidades niegan su competencia para conocer de una queja disciplinaria formulada en el año 2016 en contra del congresista Julián Bedoya Pulgarín como miembro de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes y, específicamente, por hechos relacionados con su función como instructor de la causa que se adelantó ante dicha célula congresional, en contra del exmagistrado de la Corte Constitucional Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.
Luego de analizar el asunto considera la Sala Plena de la Corporación que, en atención a los criterios de especialidad y temporalidad, el marco jurídico que define el procedimiento que debe surtir la resolución de esta controversia, es el vigente al momento en que la misma surgió, esto es, la Ley 1828 de 2017.
Bajo esa perspectiva, la Sala Plena se declara INHIBIDA para desatar el conflicto de jurisdicciones y estima necesario poner en consideración de la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista de la Cámara de Representantes el expediente de la referencia, a fin de que se pronuncie acerca de su competencia para conocer de la causa disciplinaria iniciada en contra del exrepresentante a la Cámara mencionado.
Precisa que, en caso de que dicha Comisión niegue su competencia disciplinaria, deberá remitir el asunto a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1828 de 2017, definirá el órgano al cual le corresponde conocer el mismo.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. Ante la falta de competencia para el efecto, declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el presunto conflicto de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre la Procuraduría Auxiliar para Asuntos Disciplinarios y la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
- SEGUNDO. En atención a la parte considerativa de esta providencia, REMITIR el expediente CJU-0049 a la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista de la Cámara de Representantes, a fin de que se pronuncie acerca de su competencia para conocer de la queja disciplinaria formulada por el apoderado del exmagistrado Jorge Pretelt Chaljub, en contra del congresista Julián Bedoya Pulgarín. En caso de que dicha Comisión niegue su competencia, ésta deberá remitir el asunto a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1828 de 2017, defina el órgano al cual le corresponde conocer de la mencionada causa disciplinaria.
- TERCERO. Por la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente providencia a la Procuraduría Auxiliar para Asuntos Disciplinarios y a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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