A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Ese Hospital Departamental Universitario De Nariño·Respondent Departamento Del Quindio Secretaria De Salud
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Proceso judicial para cobro de facturas por prestación de servicios de salud
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Octavo Civil Municipal de Quindío, el Juzgado Segundo Administrativo de Armenia y el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ejecutiva singular de mínima cuantía que promovió el Hospital Universitario Departamental de Nariño -E.S.E. en contra de la Secretaría de Salud del Departamento de Quindío, para que se librara mandamiento de pago por las obligaciones contenidas en varias facturas generadas por la prestación de servicios de salud.
Se alegó que la demandada incumplió los términos y las condiciones establecidas en las Leyes 1122 de 2007, 1438 de 2011 y el Decreto 4747 de 2007, debido a que los títulos de recaudo se habían expedido con fundamento en dichas disposiciones.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión de los Autos 1004 de 2021 y 604 de 2023 mediante los cuales se estableció que, el conocimiento de las demandas en las que se reclama ejecutivamente el pago de obligaciones contenidas en facturas expedidas por una empresa social del Estado ESE, con fundamento en el Decreto 4747 de 2007, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil.
Lo anterior, de conformidad con la cláusula general de competencia de la jurisdicción ordinaria (artículo 15 del CGP) y de lo dispuesto por el artículo 104.6 del CPACA.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Octavo Civil Municipal de Quindío, para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los otros operadores jurídicos involucrados, sí como a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Octavo. Civil Municipal de Quindío, el Juzgado
- Segundo. Administrativo de Armenia y el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Octavo. Civil Municipal de Quindío conocer del proceso promovido por el Hospital Universitario Departamental de Nariño -E.S.E HUND- contra la Secretaría de Salud del Departamento de Quindío.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3064 al Juzgado
- Octavo. Civil Municipal de Quindío, para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los Juzgados
- Segundo. Administrativo de Armenia y
- Tercero. Laboral del Circuito de la misma ciudad, así como a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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