A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Diaz Cañas John Jairo·Respondent Municipio De Envigado Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conflictos que se originen en el contrato de trabajo de trabajador oficial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 038 Administrativo de Medellín, Antioquia, y el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Envigado, Antioquia, suscitado por una demanda ordinaria laboral instaurada por un ciudadano, contra el municipio de Envigado y Colpensiones, en la que solicita que se declare que, entre la Empresa Cárnica de Envigado, Envicarnicos EICE, “hoy liquidada y subrogada en sus obligaciones por el municipio de Envigado”, y el demandante, existió un contrato de trabajo sin solución de continuidad y, que tiene el derecho a la nivelación salarial, conforme a la Convención Colectiva de Trabajo celebrada entre el Sindicato de Jiferos de Antioquia y Envicárnicos EICE, con la condena al pago de las acreencias surgidas por dicha causa.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena recuerda que la regla general de vinculación de Envicárnicos EICE, al haber sido una empresa industrial y comercial del estado, era la de trabajadores oficiales.
El demandante afirmó haber prestado sus servicios a dicha entidad como supervisor.
Este cargo, según el Acuerdo 024 del 23 de noviembre/06 de la empresa, no estaba incluido entre los del nivel directivo, ni correspondía a aquellos asociados con actividades de dirección o confianza y, aunado a la pretensión de que se aplique la Convención Colectiva de Trabajo, la cual estaba reservada a los trabajadores oficiales, confirma dicha forma de vinculación.
En reiteración de la regla de decisión del Auto 915/23 y 872/21, la jurisdicción competente para conocer de la demanda es la Ordinaria, en su especialidad laboral.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 038 Administrativo de Medellín, Antioquia, y el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Envigado, Antioquia, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Envigado es la autoridad competente para conocer de la demanda ordinaria laboral promovida por John Jairo Díaz Cañas en contra del municipio de Envigado la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6807 al Juzgado 002 Laboral del Circuito de Envigado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, como también al Juzgado 038 Administrativo de Medellín.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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