A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Ministerio De Educacion Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Respondent Alzate Agudelo Maria Leonilda
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veintinueve Administrativo del Circuito de Medellín y el Juzgado Trece Civil Municipal de la misma ciudad.
La controversia se originó con ocasión de una solicitud de ejecución de providencia judicial interpuesta por el la Fiduciaria La Previsora, en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo del Fondo nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, ante un juzgado administrativo, en contra de un particular, con el fin de que se libre mandamiento de pago por el valor de las costas procesales aprobadas en proceso anterior por el mismo Despacho.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reiteró la regla de decisión del auto 008/22, en la que afirma que, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Veintinueve Administrativo del Circuito de Medellín, para lo de su competencia y para que comunique la decisión a los interesados dentro del trámite y al Juzgado Trece Civil Municipal de Medellín.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintinueve Administrativo del Circuito de Medellín y el Juzgado Trece Civil Municipal de Medellín, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado Veintinueve Administrativo del Circuito de Medellín conocer de la solicitud de ejecución de providencia judicial presentada por la Fiduciaria La Previsora, en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio en contra de la señora María Leonilda Alzate Agudelo.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3755 al Juzgado Veintinueve Administrativo del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Trece Civil Municipal de Medellín.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.