JurídicoESEN
Order (Auto)June 21, 2023

A- de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alejandro Linares Cantillo

✓Claimant Corrales Cuero Elizabeth·Respondent Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones Y Otro

✓
Topic · hard data
Solicitud De Nulidad O Ineficacia De Afiliación Al Régimen De Ahorro Individual Con Solidaridad (Rais) Administrado Por Una Persona Jurídica De Derecho Privado.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Procesos sobre nulidad o ineficacia del traslado pensional al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 13 Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 9 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.

Dicha controversia recae sobre el conocimiento de la solicitud de nulidad de un traslado del Régimen de Prima Media con Prestación Definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, con el fin de que se reconozca una pensión de vejez por parte de Colpensiones.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el auto 406 de 2021, según el cual, la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer un proceso promovido por un ciudadano que solicita el traslado del RAIS al RPM.

Lo anterior, porque un fondo privado de pensiones (Porvenir S.A.) administra el régimen de seguridad social al que está afiliado.

En esa medida, no se cumple uno de los requisitos exigidos por el numeral 4º del artículo 104 del CPACA, para efectos de asignar la competencia a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

En particular, la administradora de pensiones no es una persona de derecho público.

En consecuencia, la Sala Plena remitió el expediente al Juzgado 13 Laboral del Circuito de Cali, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 13 Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 9 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado 13 Laboral del Circuito de Cali el conocimiento de la demanda promovida por la señora Elizabeth Corrales Cuero.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3014 al Juzgado 13 Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 9 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.