A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Leonardo·Respondent Juzgado Municipal De Verde
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Suspensión de providencia judicial, hasta que la Sala emita pronunciamiento de fondo
- Vinculación al trámite de tutela en calidad de tercero interesado
- Procedencia según Decreto 2591/91 artículo 7
- Facultad de adoptar de oficio medidas provisionales
- Obligatoriedad de la debida integración del contradictorio
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente auto la Sala Cuarta de Revisión analizó si en el presente caso era procedente realizar la integración excepcional del contradictorio y el decreto de medidas provisionales de oficio.
Tras concluir que las condiciones se encontraban acreditadas resolvió vincular al proceso a varios ciudadanos y a la personería municipal y dictar una medida provisional consistente en la suspensión del despacho comisorio que profirió la autoridad judicial accionada en relación con el desalojo del actor, hasta tanto se notifique la decisión de fondo que adopte la Corporación en el asunto de la referencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (13 points)
- Primero. VINCULAR al proceso de tutela identificado con radicado interno T-11.088.988 a los señores Juana, Juan David, Miguel y Camila65 para que, dentro del término de los tres (3) días hábiles contados a partir de la comunicación de la presente providencia, si así lo estiman, se pronuncien respecto de los hechos y las pretensiones expuestos en la acción de tutela interpuesta por el señor Leonardo en contra del Juzgado
- Tercero. Municipal de Verde. Para tal fin, se autoriza su acceso al expediente T-11.088.988.
- Las pruebas o documentos correspondientes, así como cualquier otro elemento de juicio que consideren pertinente para el estudio del caso concreto deberán remitirse al correo electrónico: salasrevisionb@corteconstitucional.gov.co.
- Segundo. VINCULAR al proceso de tutela identificado con radicado interno T-11.088.988 a la Personería Municipal de Verde66 para que, dentro del término de los tres (3) días hábiles contados a partir de la comunicación de la presente providencia, si así lo estiman, se pronuncie respecto de los hechos y las pretensiones expuestos en la acción de tutela interpuesta por el señor Leonardo en contra del Juzgado
- Tercero. Municipal de Verde. Para tal fin, se autoriza su acceso al expediente T-11.088.988.
- Las pruebas o documentos correspondientes, así como cualquier otro elemento de juicio que consideren pertinente para el estudio del caso concreto deberán remitirse al correo electrónico: salasrevisionb@corteconstitucional.gov.co.
- Tercero. VINCULAR al proceso de tutela identificado con radicado interno T-11.088.988 a la Defensoría del Pueblo67 para que, dentro del término de los tres (3) días hábiles contados a partir de la comunicación de la presente providencia, si así lo estiman, se pronuncie respecto de los hechos y las pretensiones expuestos en la acción de tutela interpuesta por el señor Leonardo en contra del Juzgado
- Tercero. Municipal de Verde. Para tal fin, se autoriza su acceso al expediente T-11.088.988.
- Las pruebas o documentos correspondientes, así como cualquier otro elemento de juicio que consideren pertinente para el estudio del caso concreto deberán remitirse al correo electrónico: salasrevisionb@corteconstitucional.gov.co.
- Cuarto. SUSPENDER la ejecución del despacho comisorio que remitió el Juzgado
- Tercero. Municipal de Verde 68 a la Alcaldía Municipal de Verde69, en relación con la diligencia de desalojo de los inmuebles objeto del proceso civil en el cual se originó la presente acción de tutela, hasta tanto se notifique la decisión de fondo que adopte la Sala Cuarta de Revisión en el expediente identificado con radicado interno T-11.088.988.
- Quinto. Una vez se reciban los referidos pronunciamientos, se ORDENA ponerlos a disposición de las partes y terceros con interés, por intermedio de la Secretaría General de la Corte, por el término de tres (3) días hábiles, conforme se dispone en el artículo 63 del Acuerdo 1 de 2025.
- Sexto. ADVERTIR que contra esta providencia no procede recurso alguno.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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