A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Cancino Martínez Diego Andrés Y Otros·Respondent --
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se revoca parcialmente el auto recurrido
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó luego de constatar que los planteamientos consignados en el escrito de corrección, en gran medida, reproducían los argumentos del escrito inicial y no subsanaban las falencias advertidas en el auto inadmisorio.
La Sala Plena de la Corporación decidió REVOCAR PARCIALMENTE el auto cuestionado y, en consecuencia, admitir el cargo contra el parágrafo 5° del artículo 155 de la Ley 1801 de 2016, modificado por el artículo 40 de la Ley 2197 de 2022, por presunta violación del artículo 243 de la Constitución y CONFIRMARLO, en lo demás.
Se dispuso, además, remitir la actuación al magistrado sustanciador inicial para que, bajo su dirección, continúe el trámite de la demanda en los términos del Decreto Ley 2067 de 1991 y del artículo 50 del Acuerdo 2 de 2015, únicamente respecto del cargo admitido.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (24 points)
- Primero. REVOCAR PARCIALMENTE el auto del 19 de julio de 2022, que rechazó la demanda de inconstitucionalidad formulada en contra de los artículos 155 (parcial) y 157 de la Ley 1801 de 2016 "por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana", y en su lugar ADMITIR el cargo contra el parágrafo 5° del artículo 155 de la Ley 1801 de 2016, modificado por el artículo 40 de la Ley 2197 de 2022, por presunta violación del artículo 243 de la Constitución, y CONFIRMAR, en lo demás, el auto el auto del 19 de julio de 2022, que rechazó la demanda de inconstitucionalidad formulada en contra de los artículos 155 (parcial) y 157 de la Ley 1801 de 2016 "por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana".
- Segundo. REMITIR la actuación de la referencia al magistrado sustanciador inicial para que bajo su dirección continúe el trámite de la demanda en los términos del Decreto Ley 2067 de 1991 y del artículo 50 del Acuerdo 2 de 2015, únicamente respecto del cargo admitido.
- Tercero. COMUNICAR, a través de la Secretaría General de la Corte, el contenido de esta decisión a los demandantes, indicándoles que contra esta no procede recurso alguno.
- Notifíquese y cúmplase,
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- No participa
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- HERNAN CORREA CARDOZO
- Magistrado (E )
- JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.