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Order (Auto)June 21, 2023

A- de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Fundacion Medica Campbell·Respondent Comfacor Eps En Liquidacion

✓
Topic · hard data
Control De Los Acto Administrativo Expedido Por Agente Liquidador De La Eps Al Interior Del Proceso Liquidatario.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de actos administrativos proferidos por particulares en ejercicio de funciones públicas
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Juzgado 7° Administrativo Oral del Circuito de Montería y el Juzgado 2° Civil Municipal del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso la Fundación Médica Campbell en contra de la resolución que calificó y graduó una acreencia oportunamente presentada con cargo a la masa liquidatoria del programa de la EPS en liquidación de COMFACOR, así como de la resolución que decidió el recurso de reposición en contra de la misma.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, se reiteró la regla de decisión de los Autos 343 y 436 de 2021 mediante la cual se precisó que, los actos proferidos por quien actúa en nombre del agente liquidador de una EPS al interior de un proceso liquidatario, prima facie, se pueden considerar actos administrativos de conformidad con lo previsto en el artículo 295 del Decreto-Ley 663 de 1993, y por tanto gozan de presunción de legalidad.

En consecuencia, el cuestionamiento de su adecuación al ordenamiento jurídico debe surtirse al interior de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 7° Administrativo Oral del Circuito de Montería para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre el Juzgado 7° Administrativo Oral del Circuito de Montería y el Juzgado 2° Civil Municipal del Circuito de Montería, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 7° Administrativo Oral del Circuito de Montería es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3062 al Juzgado 7° Administrativo Oral del Circuito de Montería para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.