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Order (Auto)July 30, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Hector Alfonso Carvajal Londoño

✓Claimant Idear·Respondent Martinez Martinez Davinson Eduardo

✓
Topic · hard data
Demanda Ejecutiva Promovida Por Entidad Pública Derivada Del Incumplimiento De Obligaciones Contraídas Mediante Pagaré.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 003 Administrativo de Arauca, suscitado por una demanda ejecutiva de mínima cuantía presentada por el Instituto de Desarrollo de Arauca “IDEAR”, contra un ciudadano, para que se le condene al pago de la suma contenida en un pagaré, que respalda un crédito otorgado por el demandante, que se encuentra insoluto.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena observa que, en este caso, se celebró un contrato de mutuo en la modalidad de libranza con el IDEAR, respaldado mediante un título valor (pagaré).

Para la Sala no cabe duda de que este negocio jurídico, en primera medida, es un contrato estatal, porque, por definición, aquellos contratos en los que se involucre a una entidad pública son contratos estatales.

Aunque el IDEAR realiza actividades que se pueden considerar como financieras, no está vigilada por la Superfinanciera, puesto que ninguno de los actos administrativos de creación se dispuso que sería una entidad vigilada y, a la fecha, el IDEAR no figura en el listado oficial de entidades vigiladas por dicha Superintendencia, por lo que no es posible acudir a la excepción estipulada en el artículo 105.1 del CPACA.

En reiteración de la regla de decisión del Auto 969/25, al no tener certeza sobre la existencia o inexistencia de un contrato estatal que pudiere ser la causa del título valor que se pretende ejecutar, la competente para conocer del asunto es la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 003 Administrativo de Arauca, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento corresponde al Juzgado 003 Administrativo de Arauca para conocer de la demanda promovida por el Instituto de Desarrollo de Arauca - IDEAR en contra de Davinson Eduardo Martínez Martínez.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6541 al Juzgado 003 Administrativo de Arauca para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y a los demás interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.