A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Rivera Retamosa Yadira·Respondent Ese Unidad De Salud San Francisco De Asis Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conflictos que se originen en el contrato de trabajo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 3º Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo y el Juzgado 3º Laboral del Circuito de Sincelejo.
Dicha controversia se originó en una demanda ordinaria laboral en la que se pretende declarar que existió un contrato de trabajo a término indefinido entre la demandante y las cooperativas Mulsacoop y Salud Humana, las empresas de servicios temporales Contupersonal S.A., Líder de Colombia S.A., Velpar S.A. y Activo S.A.S., además de declarar la responsabilidad solidaria de la E.S.E.
Unidad de Salud San Francisco de Asís de Sincelejo.
Acreditados los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala reiteró lo dispuesto en el auto 264 de 2021, en concordancia con las reglas fijadas en los autos 521, 920 y 938 de 2021, según los cuales: le compete a la Jurisdicción Ordinaria Laboral, el conocimiento de los procesos laborales contra cooperativas de trabajo asociado y empresas de servicios de temporales, en las que se pretenda declarar la existencia de una relación laboral con base en el artículo 2.1 del CPTSS; y la eventual responsabilidad solidaria de una entidad estatal no altera la competencia de la Jurisdicción Ordinaria Laboral.
En consecuencia, la Sala Plena de la Corte Constitucional ordenó remitir el expediente al Juzgado 3º Laboral del Circuito de Sincelejo, para lo de su competencia y para que comunique la decisión a los interesados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 3º Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo y el Juzgado 3º Laboral del Circuito de Sincelejo, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juez 3º Laboral del Circuito de Sincelejo conocer de la demanda promovida por Yadira del Carmen Rivera Retamosa contra las cooperativas Mulsacoop y Salud Humana, las empresas de servicios temporales Contupersonal S.A., Líder de Colombia S.A., Velpar S.A. y Activo S.A.S. y de manera solidaria contra E.S.E. Unidad de Salud San Francisco de Asís de Sincelejo.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1228 al Juzgado 3º Laboral del Circuito de Sincelejo, para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida demanda y para que comunique la decisión adoptada en este auto al Juzgado 3º Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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