A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Hospital Maria Inmaculada De Florencia·Respondent Asmet Salud Eps Sas
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Presunto conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Popayán (Cauca) y la Superintendencia Nacional de Salud.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en una demanda ordinaria laboral presentada por la I.P.S Hospital María Inmaculada de Florencia contra la Asociación Mutual La Esperanza (Asmet Salud E.S.S.
EPS-S) con el propósito de obtener el reconocimiento y pago de servicios de salud en la modalidad de atención de urgencias, además de los valores correspondientes por lucro cesante e indemnización por perjuicios.
Luego de estudiar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte concluyó que carece de competencia para resolver el asunto, al constatar que no existe conflicto interjurisdiccional alguno, en la medida la Superintendencia Nacional de Salud desplaza a los jueces laborales cuando ejerce funciones jurisdiccionales y, para efectos del recurso contra sus providencias y el trámite de definición de competencia se asimila funcional y no orgánicamente a un juzgado de la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral.
En el caso concreto se consideró que la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Popayán es la autoridad que funge como segunda instancia para materias como la examinada, por ser el superior jerárquico del juez desplazado y el superior funcional común a las dos autoridades.
Con base en lo anterior la Sala Plena de la Corporación se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente al mencionado Tribunal para que resuelva el conflicto de competencia planteado en la presente oportunidad.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada entre el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Popayán y la Superintendencia Nacional de Salud para conocer la demanda promovida por la I.P.S Hospital María Inmaculada de Florencia contra la Asociación Mutual La Esperanza (Asmet Salud E.S.S.- EPS-S).
- Segundo. REMITIR el expediente al Tribunal Superior de Popayán para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Popayán y a la Superintendencia Nacional de Salud.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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