Order (Auto)August 25, 2026
A-1134 de 2026
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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Topic · hard data
Sin Información
01
Topics and subtopics of the ruling
The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Sin información
Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02
What it decided
This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. RECHAZAR , por falta de pertinencia, las solicitudes de recusaci�n presentadas por el ciudadano Germ�n David Le�n Beltr�n contra el magistrado Vladimir Fern�ndez Andrade en el expediente D-15.989, por las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. Contra esta providencia no proceden recursos. Notif�quese, comun�quese y c�mplase, PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado No participa JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado Con impedimento aceptado CARLOS PABLO MARQUEZ ESCOBAR Conjuez MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Los tres cargos formulados por la demandante fueron: (i) un vicio de procedimiento por desconocimiento del principio de consecutividad (art. 157 CP), al haberse omitido el debate en la plenaria de la C�mara de Representantes; (ii) la vulneraci�n del art�culo 48 de la Constituci�n, por el establecimiento de un r�gimen pensional especial en el art�culo 93 de la Ley 2381 de 2024; y (iii) la inconstitucionalidad del numeral 5� del art�culo 84 de la misma ley, por no precisar que el umbral de 1.000 UVT para la gravabilidad de las pensiones deb�a aplicarse de manera mensual, lo que permitir�a una interpretaci�n anual del l�mite. [2] Corte Constitucional, Comunicado de prensa del 27 de junio de 2025. Disponible en: https://www.corteconstitucional.gov.co/comunicados/comunicado-27-junio-17-de-2025 [3] Presidencia de la Rep�blica, Decreto 747 del 27 de junio de 2025, �por el cual se convoca al Congreso de la Rep�blica a sesiones extraordinarias�. Disponible en: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%200747%20DEL%2027%20DE%20JUNIO%20DE%202025.pdf � [4] Expediente digital, archivo � https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=117403 �. [5] Las 14 personas que suscribieron su �respaldo formal a la recusaci�n presentada por el ciudadano o Germ�n David Le�n� fueron: Amadeyi Reyes Ricardo, Carlos Fernando Pineda, Edgar Ra�l Castro, H�ctor Alfonso Daza, Javier Estevez Malaver, Jorge Enrique Daza, Julio C�sar Barbosa, Luis Argemiro Malaver, Maryuri Rodr�guez, Omar Puentes, Ramiro
- Segundo. Mendoza, Fener Ren� Medina, Sandra Roc�o Casas y William Enrique Becerra. [6] Expediente digital, archivo �https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=127806�. [7] Conforme a las causales taxativas dispuestas en los art�culos 25 y 26 del Decreto 2067 de 1991, �[p]or el cual se dicta el r�gimen procedimental de los juicios y actuaciones que deban surtirse ante la Corte Constitucional�. [8] En esta ocasi�n, nuevamente manifest� actuar en calidad de �vocero ciudadano� de un grupo de 12 personas. 7 de ellas fueron las mismas que suscribieron la primera solicitud de recusaci�n. Estas son: Carlos Fernando Pineda, Fener Ren� Medina, Julio C�sar Barbosa, Ramiro
- Segundo. Mendoza y Sandra Roc�o Casas. Los 5 ciudadanos restantes son: C�sar Augusto Montilla, Jorge Mart�n Valderrama, Sandra Liliana Su�rez, William Eslava Barrera y Wilson Eduardo Guti�rrez. Expediente digital, archivo � https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=128260 �. [9] Conforme a las causales taxativas dispuestas en los art�culos 25 y 26 del Decreto 2067 de 1991, �[p]or el cual se dicta el r�gimen procedimental de los juicios y actuaciones que deban surtirse ante la Corte Constitucional�. [10] Unidad Nacional Para la Gesti�n del Riesgo de Desastres. [11] Expediente digital, archivo � https://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/archivo.php?id=140513 �. [12] Corte Constitucional, Auto 203 de 2026. [13] La Corte reitera las consideraciones generales de los Autos 1222 de 2025, 894 de 2025, 548 de 2025, 547 de 2025, 453 de 2025, 496 de 2025 y 838 de 2023. [14] Corte Constitucional, Auto 039 de 2010. [15] Corte Constitucional, Auto 265 de 2017. [16] Corte Constitucional, Auto 245 de 2020. En el mismo sentido, ver el Auto 073 de 2020 . [17] Corte Constitucional, Auto 1940 de 2024. Cfr. Autos 219 de 2025, 218 de 2025 y 1091 de 2024, entre otros. [18] Corte Constitucional, Autos 186A de 2021, 245 de 2020 y 073 de 2020 [19] Corte Constitucional, Auto 798 de 2025. [20] Corte Constitucional, Autos 015 de 2020 y 240A de 2021. [21] Corte Constitucional, Sentencia C-881 de 2011 y Autos 1940 de 2024 y 254 de 2024, entre muchos otros. Cfr. Autos 1230 de 2024 y 178A de 2022. [22] Corte Constitucional, autos 254 de 2024, 581A de 2022 y 178A de 2022, entre otros. Cfr. Auto 1940 de 2024. [23] Auto 015 de 2020 y 240A de 2021 . [24] Corte Constitucional, Auto 1940 de 2024. [25] Corte Constitucional, autos 254 de 2024, 581A de 2022 y 178A de 2022, entre otros. Cfr. Auto 069 de 2003. [26] Corte Constitucional, Auto 306 de 2017, reiterado, entre otros, en el Auto 547A de 2017. Ver tambi�n el Auto 036 de 2020. [27] Corte Constitucional, Auto 798 de 2025. [28] Corte Constitucional, Autos 798 de 2025, 164 de 2021, 075 de 2020 y 594 de 2017. [29] Corte Constitucional, Auto 547A de 2017. Tambi�n confrontar el art�culo 29 del Decreto Ley 2067 de 1991. [30] Corte Constitucional, Autos 838 de 2023 y 201 de 2021. [31] Corte Constitucional, Autos 594 de 2017, 075 de 2020, 1568 de 2024, 1409 de 2025 y 798 de 2025. [32] Corte Constitucional, Auto 260 de 2019, citado por los autos 838 de 2023 y 1127 de 2021. [33] Corte Constitucional, Auto 1664 de 2025. Ver tambi�n, Corte Constitucional, Auto 498 de 2017, citado por los autos 838 de 2023 y 1127 de 2021. [34] Corte Constitucional, Auto 1409 de 2025. [35] Corte Constitucional, Auto 1487 de 2023. [36] Este art�culo dispone que �[n]o est�n impedidos ni son recusables los magistrados y conjueces a quienes corresponda la decisi�n sobre impedimentos o recusaciones�. [37] La Corte Constitucional ha se�alado que la �nica causal subjetiva de impedimento y recusaci�n es la
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03
The bench that decided
No bench composition is recorded for this decision. For tutela rulings and orders, often only the reporting justice is known.
04
How it connects
This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.